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La Mañana Juan Caliani

Asesinato de Juan Caliani: los adolescentes fueron condenados a 6 y 9 años de cárcel

El juez Dardo Bordón resolvió otorgar las mismas penas que pidió la Fiscalía. El periodista fue asesinado cuando entraron a robar a su casa.

Los dos adolescentes declarados responsables por el homicidio de Juan Caliani en Neuquén, M.G.H y C.J.M., fueron condenados a 6 y 9 años de prisión efectiva. El hecho ocurrió el 1 de abril de 2024 en medio de un intento de robo en su casa del barrio La Sirena.

Aunque el plazo máximo era este viernes, la decisión fue comunicada el jueves por la tarde por el juez de la Niñez y Adolescencia, Dardo Bordón. Resolvió imponerle 6 años de prisión efectiva al adolescente que sostuvo a la víctima, y 9 años de prisión efectiva a quien la apuñaló.

El monto de ambas penas se corresponde con el pedido que había realizado el fiscal de Delitos Juveniles, Germán Martín, de 6 y 9 años efectivos, distinguiendo los roles de cada uno de ellos en el homicidio. El representante del Ministerio Público Fiscal (MPF) las consideró “justas, proporcionales, merecidas, ajustadas a derecho, pacificadoras y reparadoras”, y remarcó que “una condena de prisión efectiva en el fondo es una resolución pacífica de un conflicto violento e irreparable”.

En tanto, el abogado querellante que intervino en representación de la familia de la víctima, Federico Egea, había requerido 9 y 12 años de prisión efectiva, respectivamente. "Respecto a la pena es claramente insuficiente, a nuestro criterio, deja claramente una sensación de impunidad muy grande, ante un daño irreparable", consideró la familia, a través de un comunicado.

En el caso del adolescente condenado a 9 años, el juez también lo declaró responsable y quedaron comprendidos dentro de la pena, dos hechos por el delito de hurto con escalamiento en grado de tentativa, cometido el 27 de enero de 2024 en la ciudad de Neuquén; y robo agravado por tratarse de vehículo dejado en la vía pública en grado de tentativa, cometido también en la capital provincial el 23 de marzo de 2024.

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Extenso juicio

El requerimiento de la defensa de los adolescentes, ejercida por Raúl López y Mariela Borgia, de absolver de pena a ambos y, de forma subsidiaria, de imponerles 2 años de prisión condicional, fue rechazado por el magistrado.

Durante el juicio de determinación que se realizó desde fines de noviembre de este año y hasta el pasado 10 de diciembre, declararon alrededor de 60 testigos entre psicólogas, trabajadoras sociales, policías, directivos de escuelas, periodistas y familiares de la víctima, entre otros.

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Juan Caliani tenía 34 años y fue brutalmente asesinado.

Juan Caliani tenía 34 años y fue brutalmente asesinado.

La difusión de las audiencias estuvo restringida ya que la Ley provincial 2302 y la Ley nacional 20056, así lo establecen cuando hay adolescentes menores de edad involucrados.

Los dos adolescentes fueron juzgados en el contexto de la Ley provincial 2302, ya que cuando cometieron el hecho tenían 16 y 17 años. En mayo del año pasado, aceptaron su responsabilidad como coautores del delito de homicidio en ocasión de robo. Y una vez que cumplieron los 18 años, se avanzó para fijarles las penas.

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Cómo fue el asesinato

El hecho por el cual fueron juzgados y declarados responsables lo cometieron el 1 de abril de 2024, alrededor de las 23.45, en la vivienda donde vivía la víctima, ubicada en Luis Beltrán y Cacique Purrán de la ciudad de Neuquén.

Los dos jóvenes ingresaron por la puerta de un quincho que está lindante a la casa y sustrajeron cajas de herramientas, bebidas alcohólicas y una valija con ropa, que fueron dejando en el techo del inmueble.

Al advertir ruidos, la víctima salió de su dormitorio y en un pasillo que comunica la casa con el quincho se cruzó con los dos varones. El adolescente de 17 años fue quien lo sujetó mientras que el de 16 años le asestó dos puñaladas en el tórax, con un cuchillo que tomó del quincho, y como consecuencia de las cuales Caliani falleció.

Los argumentos del juez

En el veredicto de determinación de pena, Bordón evaluó que G.M.H. cometió tres delitos en poco más de dos meses (entre enero y abril de 2024), el último de los cuales fue en el domicilio de la familia Caliani. En ese sentido, subrayó algunas de las características del modo de operar del joven, como “el aprovechamiento de las horas de descanso de las víctimas” para ingresar en las viviendas y la superioridad numérica de la que se valía.

También hizo hincapié en “la violencia desproporcionada desplegada, la determinación de robar y matar dentro del propio domicilio de la víctima, lesionando la propiedad y la vida en un obrar acompañado de otro, superando con creces la resistencia de este”. Mencionó, además, que C.J.M. fue demorado utilizando zapatillas sustraídas de la casa de Caliani “cuando ya la noticia del resultado fatídico del robo se había mediatizado y hecho público, lo que exhibe una aguda desaprensión, falta de escrúpulos ante el hecho y falta de empatía hacia la víctima, su familia y la comunidad misma”

dardo bordon juez

Acerca de la necesidad de aplicar una pena de prisión efectiva, en cuanto a G.M.H. indicó que “pareciera buscar un ámbito normado, de mayor o menor institucionalidad, no importa cuanta, para introducirse en él y vulnerar sus límites” y que éstos “constituyen una amenaza, no importa si es una ley, una autoridad o una orden emanada de aquella. No importa si enfrenta una propiedad con defensa predispuesta o si enfrenta a un ser humano”.

Por otro lado, sobre C.J.M. expresó que, de acuerdo a los testimonios de los profesionales tratantes, “exhibe un mínimo cambio positivo en lo cognitivo” y que existe un “reconocimiento formal de sus conductas delictivas, sin empatía sobre las víctimas de su conducta, que debe valorarse como potencial incipiente para el cambio o alejamiento del riesgo de reincidencia en conductas delictivas”

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