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Reformularon cargos a los padres de Sofía, la nena de 3 años que murió tras ser abusada

Sofía fue abusada sexualmente y sometida a maltrato físico y psicológico, continuo y sistemático por parte de su madre y su padrastro. Falleció luego de que la golpearan en la zona abdominal, provocándole una peritonitis.

El fiscal jefe Andrés Nelli, la fiscal del caso Belén Calarco, y la asistente letrada Victoria Bou Abdo reformularon cargos hoy contra el hombre y la mujer que provocaron la muerte de una nena de tres años.

Sofía fue abusada sexualmente y sometida a maltrato físico y psicológico, continuo y sistemático por parte de su madre y su padrastro. La pequeña falleció el 4 de febrero de 2019 en el Sanatorio Juan XXII, en General Roca, tras haber estado internada tres días.

“En base a la prueba producida hasta el momento, la teoría del caso de la fiscalía se ha afianzado y toma el rumbo que hoy explicitamos en la audiencia, todo a los fines de re-encuadrar los delitos cometidos por la madre de la nena y su padrastro”, dijo Calarco.

Los hechos

Los hechos imputados, según la fiscalía, ocurrieron en Lamarque, durante octubre de 2018 y posteriormente, en el domicilio familiar. Los mismos duraron hasta que la niña fue ingresada al hospital de Lamarque el 1 de febrero y luego al sanatorio, en Roca.

“En esas circunstancias es que los imputados, en forma conjunta e individualmente -con conocimiento y anuencia del otro- ejercieron maltrato físico y psicológico, contínuo y sistemático contra la niña”, remarcó Nelli.

Además, indicó que el hombre abusó sexualmente de la nena, en varios oportunidades, aprovechando su calidad de guardador y conviviente, sin oposición de la madre, y a consecuencia de ello, la niña contrajo “trichomonas vaginalis”.

“Lo anterior violó la resolución de la Jueza de Paz de Lamarque dictada el 16 de octubre de 2018, por la que les ordenó a ambos imputados la prohibición de realizar actos que comprometan el adecuado desarrollo físico, emocional o cualquier otra violación de los derechos de los niños y niñas, medida dictada para resguardar tanto a la niña fallecida como a sus dos hermanitos”, describió Calarco.

A su vez, los fiscales agregaron que al momento de su detención, la madre de la niña tenía en su poder 18 fotos de contenido explícito de pornografía infantil almacenadas en su celular, tal como pudo constatar la pericia realizada por la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (OITel) del Ministerio Público.

La fiscalía además proporcionó el dato de que entre el 26 y el 31 de enero de este año, tanto el padrastro como su madre le dieron a la nena golpes en la zona abdominal que fue el punto de partida de la peritonitis sufrida.

“Esto derivó en un síndrome de disfunción multiorgánica por shock séptico y que produjo su muerte. La niña no fue asistida ni por su madre ni por el hombre, pese a que por varios días presentó dolor abdominal, vómitos y fiebre. No la llevaron inmediatamente a un centro de salud y, a consecuencia de todo este devenir descripto, abandonaron a la nena a su suerte, y por dicho abandono, es que falleció”.

Calificación legal propuesta por la fiscalía

  • Para el padrastro de la nena: “lesiones leves calificadas por un hombre contra una mujer, en el marco de violencia de género, reiteradas en un número indeterminado de veces, como autor; abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización reiterado doblemente calificado por el vínculo y por la convivencia preexistente con un menor de 18 años, como autor; corrupción de menores agravada por la edad de la víctima, por mediar violencia física, por ser el autor persona conviviente y guardador de la víctima, como autor, y en concurso ideal con la figura anterior; desobediencia a una orden judicial, autor; abandono de persona seguida de muerte, como co-autor; todo en concurso real.
  • Para la madre de la nena: “lesiones leves calificadas por el vínculo reiteradas en un número indeterminado de veces, autora; abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización reiterado doblemente calificado por el vínculo y por la convivencia preexistente con un menor de 18 años, partícipe necesario; corrupción de menores agravada por la edad de la víctima, por mediar violencia física, por ser el autor persona conviviente y ascendiente de la niña, como partícipe necesario; en concurso ideal con la figura anterior; desobediencia a una orden judicial, como autora; abandono de persona seguida de muerte calificado por el vínculo, como co-autora; tenencia ilegal de pornografía infantil agravada por la edad de las víctimas, como autora. Todo en concurso real”.

Resolución

Tras no tener objeciones formales de los defensores penales públicos, Oscar Mutchinick, que asiste a la mujer, y Miguel Salomón, que defiende al hombre, el Juez de Garantías interviniente en la audiencia de hoy, Maximiliano Camarda, tuvo por formulados los cargos tal como los verbalizó la fiscal Calarco.

Asímismo, resolvió -luego del pedido fiscal- prorrogar el plazo de la investigación preliminar preparatoria por el plazo de dos meses, ya que “no han llegado aún ciertos informes de suma importancia para el legajo y debemos tomar muestras biológicas a los imputados”.

Cabe recordar que ambos imputados están cumpliendo la medida cautelar de prisión preventiva desde febrero pasado, momento en que a un día del fallecimiento de la menor, el Ministerio Público Fiscal les formuló cargos.

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