Ingreso Familiar de Emergencia: ¿Quiénes pueden cobrarlo?
En vista de la emergencia declarada por la pandemia de coronavirus que afecta el país y el mundo, el Gobierno de la Argentina creó el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), un préstamo monetario no contributivo, de carácter excepcional para apoyar a los ciudadanos que tuvieron pérdidas o disminución de ingresos en la actualidad.
Según el portal web del Gobierno de la Argentina, quienes pueden optar por el beneficio del IFE son: Personas desocupadas, quienes trabajan en la economía informal, inscriptas en las categorías A o B del monotributo, monotributistas sociales, trabajadores de casas particulares.
Asimismo, también podrán obtener el IFE quienes cobran Asignación Universal por Hijo o Asignación por Embarazo para Protección Social. En estos casos, el Ingreso Familiar de Emergencia se pagará de forma automática a los titulares de las asignaciones , sin necesidad de hacer una solicitud previa.
Es preciso destacar que las personas privadas de la libertad, bajo cualquier modalidad, no pueden cobrar el Ingreso Familiar de Emergencia.
- Ser argentinos nativos o naturalizados y residentes con residencia legal en el país de 2 años o más.
- Tener entre 18 y 65 años.
- En su grupo familiar nadie debe tener ingresos por: Trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado.
- Monotributistas de categoría “C” o superiores y régimen de autónomos.
- Prestación por desempleo.
- Jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes de la Asignación Universal por Hijo o Embarazo o PROGRESAR.
Las personas que cobran la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y Asignación por Embarazo para Protección Social no deben cumplir estos requisitos para cobrar el IFE.
Formas de pago
El Ingreso Familiar de Emergencia se pagará por transferencia bancaria a la cuenta del solicitante. Si no es posible hacer una transferencia bancaria, el pago se hará por otras modalidades que Anses disponga.
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