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Ingreso Familiar de Emergencia: ¿Quiénes pueden cobrarlo?

Conocé quiénes son los que pueden ser beneficiados con el Ingreso Familiar de Emergencia. Además, mirá los requisitos para obtenerlo.

En vista de la emergencia declarada por la pandemia de coronavirus que afecta el país y el mundo, el Gobierno de la Argentina creó el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), un préstamo monetario no contributivo, de carácter excepcional para apoyar a los ciudadanos que tuvieron pérdidas o disminución de ingresos en la actualidad.

Según el portal web del Gobierno de la Argentina, quienes pueden optar por el beneficio del IFE son: Personas desocupadas, quienes trabajan en la economía informal, inscriptas en las categorías A o B del monotributo, monotributistas sociales, trabajadores de casas particulares.

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Todo lo que necesitás saber sobre el Ingreso Familiar de Emergencia

Todo lo que necesitás saber sobre el Ingreso Familiar de Emergencia

Asimismo, también podrán obtener el IFE quienes cobran Asignación Universal por Hijo o Asignación por Embarazo para Protección Social. En estos casos, el Ingreso Familiar de Emergencia se pagará de forma automática a los titulares de las asignaciones , sin necesidad de hacer una solicitud previa.

Es preciso destacar que las personas privadas de la libertad, bajo cualquier modalidad, no pueden cobrar el Ingreso Familiar de Emergencia.

¿Cuáles son los requisitos para cobrar el IFE?
  • Ser argentinos nativos o naturalizados y residentes con residencia legal en el país de 2 años o más.
  • Tener entre 18 y 65 años.
  • En su grupo familiar nadie debe tener ingresos por: Trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado.
  • Monotributistas de categoría “C” o superiores y régimen de autónomos.
  • Prestación por desempleo.
  • Jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes de la Asignación Universal por Hijo o Embarazo o PROGRESAR.

Las personas que cobran la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y Asignación por Embarazo para Protección Social no deben cumplir estos requisitos para cobrar el IFE.

Formas de pago

El Ingreso Familiar de Emergencia se pagará por transferencia bancaria a la cuenta del solicitante. Si no es posible hacer una transferencia bancaria, el pago se hará por otras modalidades que Anses disponga.

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