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La Mañana eutanasia

Primera eutanasia en Uruguay: la historia de la mujer que decidió morir este viernes

La paciente estaba internada tras una larga lucha. Tenía 6 hijos y hace dos días había firmado el consentimiento para acceder a la muerte digna.

Este viernes se concretó la primera eutanasia legal en Uruguay, que legalizó el 15 de octubre de 2025 este procedimiento con la votación del proyecto de ley de Muerte Digna y se convirtió en el tercer país de América Latina en legalizarla después de Colombia y Ecuador.

La ley busca garantizar el derecho a "transcurrir dignamente el proceso de morir" mediante la despenalización de la eutanasia en los mayores de edad psíquicamente aptos que atraviesen la etapa terminal de enfermedades incurables e irreversibles o que padezcan por ellas sufrimientos insoportables.

Según informaron medios locales, la primera persona en recibir la eutanasia legal en Uruguay es una mujer de 69 años con un cáncer de páncreas. El procedimiento estaba programado para este viernes a las 11 de la mañana. La Nación confirmó que finalmente se concretó.

El nombre de la mujer no trascendió, debido a que los primeros pacientes que realizaron la solicitud de eutanasia una vez reglamentada la ley no quieren que se difundan sus identidades. Pese a ello, la prensa local dio detalles sobre su vida, aunque con restricciones.

Un cáncer con metástasis y la decisión de terminar con su vida

Se confirmó que la paciente estaba internada en el Hospital Policial de Montevideo desde hace diez días, pero tenía la decisión tomada de acceder a la eutanasia desde enero. El consentimiento lo firmó este miércoles.

Telenoche Uruguay informó que tiene seis hijos, dos de ellos adoptados, y que uno de los mayores la acompañó durante todo el proceso. Según los informes médicos, tenía un cáncer de páncreas con metástasis pulmonar, renal y hepática. Se encontraba con cuidados paliativos y en los últimos meses decidió dejar de someterse a más tratamientos.

Hospital policial de Montevideo

Cómo fue la reglamentación de la eutanasia en Uruguay

A mediados de abril, el gobierno de Uruguay reglamentó la ley de eutanasia. La decisión fue oficializada por el presidente Yamandú Orsi, quien valoró el debate previo a su aprobación en octubre de 2026.

El presidente Orsi destacó que la aprobación de esta normativa implicó un “proceso de debate profundo, plural y sostenido en el tiempo. La dignidad humana está en el centro de las decisiones más complejas. Firmé el decreto reglamentario de la ley que regula la muerte médicamente asistida en Uruguay, luego de un proceso largo de debate, reflexión y escucha”, expresó.

Para el presidente, también fue importante avanzar en cuidados paliativos y señaló que “acompañar, aliviar y cuidar es parte esencial de cualquier decisión sobre este terreno”.

“Sobre esa base, hoy damos este paso, tras una conversación profunda, con raíces filosóficas, éticas y también personales, donde conviven distintas miradas, creencias y sensibilidades. Uruguay sigue construyendo acuerdos en los temas que más importan”, destacó Orsi.

Presidente de Uruguay, Yamandú Orsi

En el decreto reglamentario, se establecieron definiciones y se reguló el procedimiento para “otorgar las mayores garantías en su implementación”.

En línea con lo que establece la ley, el decreto señala que solo pueden amparase ciudadanos uruguayos naturales o legales, o quienes acrediten la residencia en el país.

Los requisitos para solicitar la muerte digna en Uruguay

  • Psíquicamente apta: la persona debe ser capaz de “comprender a cabalidad su situación de salud, evaluar todos los tratamientos y alternativas posibles y tomar decisiones conforme a su real saber y entender”.
  • Patología o condición incurable o irreversible: es cuando la enfermedad está en una condición clínica con un curso “progresivo” y se caracteriza por la “ausencia de posibilidades de respuesta a un tratamiento curativo eficaz conforme a la evidencia médica actual”. Hay una “pérdida progresiva de la autonomía del paciente”.
  • Etapa terminal de una patología incurable: “Es una situación clínica avanzada de una enfermedad incurable e irreversible, por el cual el fallecimiento se prevé en un horizonte temporal cercano”.
  • Sufrimientos que resulten insoportables: es la “experiencia de síntomas físicos o psíquicos derivados de una patología incurable e irreversible, que se manifiesta de forma persistente en el tiempo, resistente y refractario a los tratamientos y cuya intensidad es percibida por el paciente como incompatible con su dignidad o integridad”.
  • Residencia habitual: pueden acceder quienes tienen residencia “permanente” en el país.
  • Médico actuante o responsable: el ante quien se presenta la solicitud y participa de todas las etapas del procedimiento.
  • Médico consultante: es el médico que será convocado para una segunda opinión.

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