La sentencia alcanzó a Vaamode y Nardanone quienes violaron varios aspectos de la normativa municipal. Tienen 10 días hábiles para pagar $2.5 millones.
La Justicia de Faltas de Neuquén condenó a los socios de Sens (ex Las Palmas), Nicolás Vaamonde y Pedro Nardanone, por violar varios artículos del Código de Faltas vinculados a la normativa en lo que se refiere a obras y comercio. Por ese motivo les impuso una multa que ronda 2.5 millones de pesos.
La sentencia firmada por la jueza Romina Doglioli, titular del Juzgado de Faltas 2 de Neuquén, recorre a lo largo de sus nueve hojas todo lo que hicieron los socios de Sens y las advertencias que les dio el municipio hasta llegar a la clausura que también terminaron violando.
Lo que está en claro en el expediente es que el boliche es de Pedro Nardanone que firmó el 1 de junio de 2022 un comodato hasta el 31 de mayo de 2025 con Nicolás Vaamonde y Mariano Medel.
En lo profundo, para que entienda el lector, los tres son socios, solo que utilizan este artilugio porque Nardanone no quería figurar porque está investigado por la Justicia Federal por la desaparición forzada de Sergio Ávalos ocurrida el 14 de junio de 2003 en el interior de Las Palmas, hoy Sens.
Pero no es el único investigado, Medel, cabecilla de la banda Los Simuladores, junto con Ulises Borquez, están siendo investigados por la justicia neuquina y rionegrina en el marco de una serie de estafas que supera el millón de dólares.
Por eso de esta triada de personajes, Vaamonde es el que más pone la cara, aunque no hay que olvidar que Vaamonde es un ex policía retirado y ex custodio de Jorge Sobisch, gobernador de la provincia al momento de la desaparición no esclarecida de Sergio Ávalos.
Pero volvamos a la sentencia que se libró este mediodía. La jueza destaca que los socios de Sens habían sido advertidos por el municipio por no contar con los permisos de obra y se le informó a Vaamonde que no podía realizar ninguna actividad comercial sin la habilitación respectiva, "bajo apercibimiento de clausura".
Pese a ello, Vaamonde anunció una gran fiesta de inauguración para el 8 de julio con preventa de entrada y todo.
Previo al inminente evento, la Subsecretaría de Obras Particulares del municipio realizó una inspección y labró un acta por "no contar con planos registrados actualizados a la fecha y el correspondiente cáculo estructural". Luego, se cursó notificación a Vaamonde.
Detalle técnico, "los planos registrados (del local) son con destino a vivienda unifamiliar, no concordando con lo inspeccionado el día de la fecha", recuperó la jueza en la sentencia.
¿Se entiende? los planos que los socios de Sens le enseñaron a los inspectores son de una vivienda unfamiliar. ¡Grande la casa!
Además, de los planos, también se deja en claro que realizaron refacciones y modificaciones sin haber gestionado la autorización municipal de rigor. De hecho, Vaamonde aseguró públicamente que en refacciones invirtieron más de 100 millones de pesos. Es mucho dinero para invertir sin tener las autorizaciones necesarias que requiere cualquier obra.
Lo que detalla la jueza es que el municipio recurrió a la clausura del local por todo el conjunto de faltas. Además, las autoridades municipales en su momento advirtieron que Sens podría abrir de todas formas poniendo en riesgo la integridad de cientos de personas. De ahí que al operativo de clausura le siguió el retiro del medidor de luz. Por sobre todas las cosas, hay que garantizar la seguridad de las personas que asisten a un evento más aún si es un lugar cerrado.
Todo parecía terminado, pero el 10 de julio, mediante un oficio judicial, la Dirección General de Inspección de Obras Particulares del municipio acudió al local y descubrió que habían violado las fajas de clausura por lo que se labró una nueva acta.
En definitiva, a la jueza no le fue muy difícil observar que los socios de Sens habían violado la clausura dispuesta por la autoridad y esto se sumó a la falta de planos registrados actualizados, la carencia de permisos de construcción.
Por todo esto, condenó a Vaamonde y solidariamente a Naradanone, a quien lo declaró reincidente, y les labró una multa de 2.444.200 pesos que deben pagar en un plazo de 10 días hábiles o de lo contrario pasará a ejecución.
No obstante, les levantaron la clausura preventiva, pero solo para "continuar con los trabajamos menores (colocación de luminarias, cámaras de seguridad, equipos de sonido) con la expresa prohibición de ejercer la actividad comercial hasta tanto se obtenga la habilitación comercial correspondiente, de acuerdo a la normativa municipal", concluye la sentencia.
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