Acordaron realizar una obra y le llevó chapas, pero el empleado dijo que se las habían robado. El dueño lo denunció y lo condenaron en un juicio abreviado.
Un albañil que fue contratado para realizar una obra en una vivienda de Cipolletti, recibió materiales y dinero como parte de pago, pero no cumplió con el trabajo y se quedó con las cosas, fue condenado a un mes de prisión en suspenso por el delito de “retención indebida”.
La sanción, establecida en un juicio abreviado en el que confesó haber cometido la falta, no lo lleva tras las rejas, aunque deberá cumplir pautas de conducta por dos años.
El damnificado denunció que el 14 de junio del año pasado acordó de palabra con el constructor la realización de trabajos de albañilería y zinguería en su vivienda familiar.
Para esas labores aseveró que le envió al domicilio del acusado ocho chapas galvanizadas de 1.22 x 2.44, 10 barras de estaño y le entregó 148 mil pesos en tres transferencias bancarias y un pago en efectivo.
Sin embargo, el operario dijo que le habían robado los materiales, por lo que el damnificado le envió una carta documento para que se los restituyera, al igual que el dinero, en un plazo de 72 horas. Pero como no tuvo respuestas, le inició una demanda penal.
Como consecuencia, el empleado fue imputado por el delito de “retención indebida”.
El denunciante presentó pruebas firmes para sostener su queja. Contaban con su denuncia en la que relató los hechos, lo mismo que la declaración de su pareja, que lo ratificó, y también de otro albañil que recomendó al colega y aseveró que su intención “era no hacer el trabajo”. Agregó asimismo que “observó en la casa del imputado los materiales que había comprado”, el perjudicado.
En tanto que la teoría del robo de los elementos fue derribada por lo manifestado por un policía de la Comisaría 45 del barrio Anai Mapu, quien aseveró que no había ninguna denuncia por hurto o robo que presuntamente sufriera el acusado.
También expuso un perito informático dependiente del Departamento de Informática Forense, quien aportó un informe que constató las llamadas telefónicas y mensajes de texto que hubo entre las partes.
En marzo de este año hubo un intento para cerrar la causa mediante un criterio de oportunidad -método alternativo que evita llegar a un juicio formal- en el cual el acusado se comprometió a pagar cinco cuotas de $30 mil, pero no cumplió con ninguna.
Como no prosperó ese procedimiento, la fiscalía representada por Guillermo Ibáñez y la defensora oficial Adjunta, Cecilia Ibáñez, consensuaron entablar un juicio abreviado que requirió que el operario reconozca su culpa, lo que finalmente sucedió.
Deberá cumplir pautas de conducta
El acuerdo estableció la condena de un mes de prisión en suspenso y las siguientes pautas de conducta por el plazo de dos años: someterse al cuidado y control del Instituto de Asistencia de Presos y Liberados -IAPL- cada dos meses; fijar domicilio o informar en caso de mudarse, no cometer nuevos delitos ni abusar de bebidas alcohólicas ni drogas en la vía pública.
Todas obligaciones que, en caso de no acatar, desembocarían en la revocación de la condicionalidad de la pena y su cumplimiento tras las rejas.
La jueza María Florencia Caruso Martín avaló el acuerdo y dictó el fallo en los términos propuestos por Fiscalía y Defensa.
Sostuvo que los indicios eran suficientes para declarar culpable al albañil, además de su propia confesión. Destacó que provocó un perjuicio económico al matrimonio denunciante dado que no pudieron recuperar los materiales ni la plata. Les queda abierta la posibilidad de impulsar el reclamo en el fuero civil.
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