La Municipalidad reclama el predio y quiere el desalojo, pero la discusuión de fondo no se termina. Ahora ratifican al juez que ejecutará la sentencia.
El conflicto por el camping del lago Correntoso parece no tener fin. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén declaró inadmisibles los recursos extraordinarios presentados por la comunidad mapuche Paichil Antriao en el marco del juicio iniciado por la Municipalidad de Villa La Angostura por la propiedad y ejecución de la sentencia de desalojo.
La Resolución Interlocutoria N° 8, del pasado 3 de febrero, rechazó los recursos de Nulidad Extraordinarios y por Inaplicabilidad de Ley que cuestionaban el envío del expediente al Juzgado Civil de Villa La Angostura, a cargo de Francisco Astoul Bonorino, para continuar con la ejecución del desalojo.
El planteo no iba al fondo del litigio –que es la acción reivindicatoria de las tierras del camping niciada por el municipio– sino a la competencia del juez que debe ejecutar la sentencia, para desalojar a la comunidad. Es decir, algo muy de forma y de gran impacto político para el intendente Javier Murer.
Es que la comunidad había impugnado la decisión de apartar al Juzgado de Junín de los Andes (donde estaba la causa original) y remitir el expediente al juzgado con asiento en Villa La Angostura, a cargo del juez subrogante.
Lago Correntoso: ratifican al juez para el desalojo
El argumento era que se afectaba la garantía del “juez natural”, se alteraba la competencia sin el procedimiento previsto en el Código Procesal y existía gravedad institucional por tratarse de un litigio entre el Estado municipal y una comunidad indígena, con invocación del Convenio 169 de la OIT y precedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Sin embargo, el TSJ entendió que la resolución impugnada no es una sentencia definitiva, ya que no pone fin al pleito ni impide su continuación. También descartó que se hubiera acreditado gravedad institucional y sostuvo que el juez natural de la causa es el de Villa La Angostura, no el de Junín de los Andes.
Además, el máximo tribunal provincial consideró que el recurso carecía de suficiente fundamentación técnica y que no se había cumplido con los requisitos formales exigidos por la Ley 1406 para habilitar la instancia extraordinaria.
El expediente deberá regresar al juzgado de primera instancia en Villa La Angostura, para quedar formalmente habilitada la posibilidad de avanzar en la ejecución de la sentencia de desalojo del camping del lago Correntoso.
No obstante, el escenario aún no es inmediato. El abogado de la comunidad, Luis Virgilio Sánchez, anticipó que interpondrá un recurso extraordinario federal para llevar la discusión ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Según explicó a LM Neuquén, la causa principal por el desalojo se encuentra actualmente en trámite ante el máximo tribunal nacional a través de una queja, aunque ese recurso no suspende automáticamente la ejecución. Es decir, que se puede proceder con el desalojo.
“El TSJ confirma que es competente el juez de Villa La Angostura. Vamos a recurrir a la Corte. Esto no va a ser inminente”, señaló el letrado, quien además recordó que el año pasado se había abierto una instancia de diálogo en el juzgado para intentar un acuerdo, que hoy estaría virtualmente caído.
Un conflicto judicial largo y sensible
El caso del camping del lago Correntoso es uno de los conflictos más sensibles de Villa La Angostura, no solo por el valor del recurso natural y turístico del lugar, sino por el trasfondo territorial y cultural que involucra a la comunidad mapuche.
Si bien la decisión del TSJ no resuelve el fondo del reclamo, sí despeja el camino procesal para que el municipio avance en la ejecución, salvo que la Corte Suprema intervenga y disponga lo contrario.
La disputa, lejos de cerrarse, entra ahora en una nueva etapa: la judicialización federal del debate por la competencia y, eventualmente, por el alcance de las garantías invocadas por la comunidad.
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