Una mujer acusó a otra de intentar robarle el teléfono y lo contó en la red social. La acusada la denunció por difamarla. Tuvo que intervenir la Justicia.
Una mujer hizo un posteo en Facebook en el que denunciaba a otra de haber intentado robarle un teléfono celular, lo que generó un conflicto. La acusada fue entonces a la Policía y efectuó una denuncia por difamarla que se encuadró en una falta contravencional.
A raíz de la denuncia, el caso pasó para su tratamiento al Juzgado de Paz, desde donde se tomaron diversas medidas para frenar el conflicto entre las mujeres. Entre otras medidas, se dispuso la orden de borrar de manera “inmediata” el escrache que realizó en la red social.
El incidente ocurrió recientemente en la localidad rionegrina de Sierra Grande y están implicadas COER y ASS, tal como las identifica el documento judicial.
Todo se desató por un mensaje publicado por ASS que resultó agraviante para COER, quien acudió el 19 de julio a la Comisaría 13 y formalizó la presentación en la que narró los hechos.
El 22 siguiente el Juzgado de Paz la citó a una audiencia privada, en la que ratificó la denuncia y además dijo que ASS por un “mal entendido” la expuso con nombre y apellido en el Face.
Al otro día convocaron a ASS para que brinde su versión. Relató que tiene un testigo que advirtió la intención de la denunciante era robarle su celular, aunque no se precisa el lugar ni la circunstancias en que pudo haber ocurrido el hecho.
Agregó que se enojó y que por eso “la escrachó”.
Sin pruebas del robo
Desde la dependencia judicial que encabeza Carola Suárez y secunda Gonzalo Ferreyra le explicaron que este caso no era un robo porque no se llegó a concretar, y que había otras vías alternativas para resolverlo.
De todos modos y ante el desencuentro entre las vecinas, los magistrados aclararon en su dictamen que están facultados a “adoptar las medidas preventivas necesarias tendiente a preservar y hacer cesar la situación de conflicto o potencialmente de riesgo, para evitar la repetición de todo acto de agresión, perturbación o intimidación”.
En primer lugar, le ordenaron a ASS retirar “de forma inmediata” la publicación en la que menciona a COER.
También dispusieron que, con “carácter provisorio, cautelar y preventivo”, ambas deberán “abstenerse de producir incidentes, proferir agravios, sea en la vía o lugares públicos o privados, ni efectuar reclamos personales”.
Nada de posteos en Facebook
La prohibición incluye también referir comentarios o realizar publicaciones en las redes sociales respecto a este entredicho, ya sea Facebook, Instragram y Twiter, entre otras.
También se les advirtió que en caso de incumplimiento de las medidas ordenadas se aplicaran las penas previstas en el Artículo 23 de la Ley D 5592/22 (Código Contravencional de Río Negro), las cuales son: amonestación, prohibición de acudir a determinados lugares, instrucción especial, caución de no ofender, reparación del daño causado, trabajo comunitario en tiempo libre, abordaje interdisciplinario, multa y hasta arresto.
El dictamen judicial fue notificado a la Comisaría de la localidad rionegrina.
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