Le hacía obscenidades frente a la cámara de seguridad, lo insultaba y amenazaba, pero lo perdonó
Un insólito caso ocurrió en Cipolletti y llegó a la Justicia. Acusaron al agresivo sujeto por amenazas simples. Qué pasó.
Una jueza de Cipolletti resolvió sobreseer a un hombre acusado de amenazas simples, luego de considerar la solicitud conjunta del fiscal y el defensor oficial. El caso involucraba tres incidentes ocurridos en mayo de 2023, donde el acusado habría intimidado a su hermano y a la familia de este mediante gestos amenazantes y comportamientos violentos. Surgió de la acusación que el hombre se ponía en la cámara de seguridad y hacia obscenidades a la familia.
El primer incidente ocurrió el 4 de mayo de 2023, cuando el acusado se presentó en la casa de su hermano, ubicada en Cipolletti, realizando gestos amenazantes hacia la cámara de seguridad y tocando el timbre de manera constante. Este comportamiento causó temor en el denunciante y su esposa, quienes observaron los hechos desde las cámaras de seguridad.
El segundo incidente tuvo lugar el 20 de mayo de 2023, cuando el acusado regresó al mismo domicilio, en un estado de exaltación. Al no recibir respuesta, comenzó a patear el portón y a proferir insultos y amenazas, generando nuevamente temor en el denunciante y su familia, que presenciaron la escena desde las cámaras de seguridad.
Pero lo cierto es que no todo quedó allí y el sujeto continuó con su accionar intimidatorio.
Gritos, golpes en el portón y un gran susto para su sobrina
Según se informó desde la Justicia, el tercer incidente ocurrió el mismo día, cuando el acusado volvió al domicilio alrededor de las 13:19 horas, momento en que la hija del denunciante, de 14 años, se encontraba sola en la casa. La menor, al escuchar los gritos y golpes en el portón se asustó y se comunicó con su padre por temor.
"El imputado realizó conductas de amedrentamiento consistentes en ademanes y gestos amenazantes direccionados a la cámara de seguridad de la vivienda de la víctima que enfoca a la vereda y puerta de acceso del mencionado domicilio y tocando el timbre de manera constante y por un tiempo prolongado", se detalló en el expediente.
Estos hechos fueron calificados como delitos de amenazas simples en tres oportunidades, según los artículos 149 bis, 55 y 45 del Código Penal. Sin embargo, el 28 de mayo de 2024, el fiscal del caso y el defensor oficial presentaron una solicitud conjunta de sobreseimiento, argumentando que se aplicaba un criterio de oportunidad, y contaban con la conformidad del denunciante.
La jueza de garantías Rita Lucía consideró la falta de controversia entre las partes y la falta de interés del acusador público en continuar con el caso. Así, decidió dictar el sobreseimiento del imputado, ya que no había fundamento para avanzar hacia una etapa intermedia del proceso.
El fallo destaca que no existen pruebas suficientes ni interés del Ministerio Público Fiscal para mantener la acusación. Por lo tanto, la jueza resolvió desvincular definitivamente al acusado de la investigación, basándose en el artículo 96 del Código Procesal Penal y otros artículos pertinentes.
Son frecuentes los episodios de violencia, agresiones y fuertes 'entredichos' tanto entre familiares como vecinos que llegan a la Justicia, los cuales a menudo lograron resolverse en la justicia de paz, en algunos casos, o en procesos de mediación.
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