La norma nace en el Congreso tras la tragedia de un niño bonaerense en un colegio de Junín de los Andes. Interrogantes por las exigencias que vienen para las provincias, municipios y modestos clubes de barrio.
El 4 de enero de este año, el pequeño Joaquín Gatto moría aplastado por un arco de fútbol en el Colegio Ceferino Namuncurá de Junín de los Andes, donde participaba de un campamento junto a un grupo de exploradores provenientes del Colegio Don Bosco de Ramos Mejía, en la provincia de Buenos Aires.
A siete meses del absurdo deceso, la Justicia avanzó en la causa y le formuló cargos al director del establecimiento, con el argumento de que incumplió los deberes de cuidado que le correspondían respecto de los arcos instalados en el establecimiento.
A siete meses, coincidentemente, la comisión de Familias, Niñez y Juventud de la Cámara de Diputados avaló esta semana por unanimidad el proyecto de ley de la diputada nacional Luciana Potenza (UxP), que tiene por objeto “establecer la obligatoriedad de medidas de seguridad destinadas a prácticas deportivas y recreativas”. La ahora denominada Ley Joaquín tiene expedito el camino para recibir media sanción, pues ha recogido un amplio consenso político.
Objetivos de la ley
La norma busca establecer la obligatoriedad de “medidas de seguridad relativas a la instalación, sujeción y mantenimiento de arcos, aros, postes y todo otro elemento deportivo o juegos de plaza instalados en espacios públicos y privados, destinados a prácticas deportivas o recreativas, para prevenir accidentes y resguardar la integridad física de niños, niñas y adolescentes y de toda persona que haga uso de dichos elementos".
Establece, además, que las instituciones, tanto públicas como privadas, "deberán asegurar que todo el equipamiento e infraestructura cumpla con condiciones óptimas de estabilidad, sujeción y amortiguación para prevenir desprendimientos, vuelcos o impactos graves conforme a las especificaciones de anclaje, peso y protección para cada disciplina y/o juego de plaza que establezca el Órgano Coordinador, sin perjuicio de aquellas disposiciones complementarias que establezcan las jurisdicciones en el marco de su respectiva normativa de adhesión y reglamentación".
La iniciativa dispone que "la Subsecretaría de Deportes de la Nación, dependiente del Ministerio del Interior de la Nación, funcionará como órgano de coordinación y asistencia para la aplicación de la ley, elaborando estándares técnicos mínimos y las guías de implementación de las medidas de seguridad establecidas".
Al tratarse de facultades no delegadas a la Nación (poder de policía sobre espacios públicos y deportivos), la ley adopta un esquema de adhesión por parte de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), quienes deberán definir las autoridades locales de aplicación, fiscalización y régimen de sanciones.
Quién hace los controles
Actualmente, el control de las habilitaciones urbanas, el mantenimiento de plazas y la fiscalización de entidades deportivas corresponden a los municipios y las provincias.
Precisamente, la ley dispone que sean las provincias las que reglamenten la legislación en sus jurisdicciones y, eventualmente en el caso neuquino, se elabore un protocolo obligatorio para que los 57 municipios y comisiones de fomento de la provincia incorporen las inspecciones de anclaje de arcos dentro de los requisitos de habilitación anual de instalaciones deportivas y escolares. También en los clubes de barrio y colonias de vacaciones.
En este sentido, la legislación que adopte Neuquén, en caso de adherir a la Ley Joaquín, no podrá pasar por alto que muchos clubes de fomento y barriales, tanto en esta capital como en el interior, funcionan con presupuestos ajustados. Exigir reemplazos o adecuaciones inmediatas podría generar un alto incumplimiento o el cierre preventivo de canchas, por lo que aparece un desafío importante para las autoridades.
Otro aspecto que no es menor en el proyecto de la Ley Joaquín es que la autoridad de aplicación de una normativa tan sensible es la Subsecretaría de Deportes de la Nación, que hoy funciona bajo la órbita de la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes, conducida por el exvicepresidente Daniel Scioli.
El organismo, en línea con la pauta de "déficit cero" del presidente Javier Milei, redujo la estructura burocrática del área, se eliminaron programas considerados "superfluos" e incluso se racionalizaron gastos operativos en el Centro de Alto Rendimiento Deportivo (CeNARD).
Según informes del laboratorio de datos Táctica Deporte sobre el Presupuesto nacional, la partida destinada al deporte sufrió una caída real cercana al 56% respecto del presupuesto de 2023. Para 2026, los fondos consolidados muestran una contracción real interanual del 8%, profundizando la baja de recursos.
Y un dato no menor: los programas de asistencia directa a entidades de base (como clubes en obra) registraron una caída superior al 80% en su ejecución, trasladando el costo de mantenimiento a los socios o municipios locales.
La Ley Joaquín viene a cubrir un vacío que parece alarmante a la luz de lo que sucedió al niño bonaerense en Junín de los Andes (y en otros numerosos casos semejantes). Su viabilidad y criterios de aplicación abren algunas dudas que pondrán a prueba las buenas intenciones de los legisladores.
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