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Vendió un loro hablador y tuvo que cumplir tareas comunitarias

La transacción se hizo en Cipolletti en julio de 2019 y la compradora pagó $7.500 por el ejemplar. El acusado cumplió una probation y logró que lo sobreseyeran.

Por vender un loro “Amazona Aestiva”, comúnmente llamado loro hablador, un vecino de Cipolletti tuvo que realizar 30 horas de tareas comunitarias y un curso sobre la Ley de Protección de Fauna Silvestre para poder liberarse de una causa judicial.

Las pautas fueron impuestas en una suspensión de juicio a pruebas, procedimiento también conocido como probation. El acusado, Juan Arévalo, cumplió lo acordado, por lo que recientemente resultó sobreseído.

El fallo describe que la acusación presentada por la fiscalía detalló que el 30 de julio de 2019 Arévalo vendió el ejemplar, con vistosas plumas verdes y vivos amarillos, a Jessica Meza por $7.500.

Le reprocharon al hombre que sabía que el ave pertenecía a una especie proveniente de la caza furtiva o depredación, como también que su comercialización se encuentra prohibida, por ser animales protegidos de acuerdo a lo expresan la Ley Nacional Nro. 22.421 y la Ley Provincial Q 2056.

Arévalo fue imputado por el delito de venta ilegal de animales protegidos por la Ley de Protección y Conservación de la Fauna Silvestre, pero a fines de octubre de 2020 le concedieron la suspensión de juicio a prueba -también llamada probation- por el plazo de dos años y con diferentes medidas de comportamiento.

La fiscal Yesica Montenegro propuso que realizara un curso sobre la ley de protección de fauna silvestre y una reparación económica o la realización de 50 horas de trabajo no remunerado en una institución de bien público.

También debía fijar domicilio y no mudarse sin comunicarlo, presentarse una vez cada dos meses en la Oficina Judicial y no cometer nuevos delitos.

El defensor particular, Carlos Masante, avaló el acuerdo, pero aclaró que Arévalo carecía de recursos económicos para pagar la multa y que ofrecía efectuar la labor comunitaria pero no por 50 horas, sino por 30, lo que fue aceptado por la Fiscalía.

Al cumplirse el plazo y habiendo acatado las pautas “en general”, la fiscal Rocío Guiñazu Alaniz que actuó en la instancia pidió el sobreseimiento, planteo que obviamente fue acompañado por la defensa.

La jueza Sonia Martín dictó el fallo en esos términos y declaró que el proceso “no afecta el buen nombre y honor del que hubiere gozado el imputado”, de acuerdo a lo que señala el Código Penal.

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