El hombre confirmó que había comprado varias botellas en un supermercado, y debido a las complicaciones que sufrió decidió recurrir a la Justicia.
La compra de una botella de Coca Cola realizada en un supermercado terminó con complicaciones en la salud para un hombre, y luego en una extensa disputa judicial.
El caso atravesó pericias, informes médicos, certificaciones notariales y varias instancias judiciales. La discusión no se limitó al estado de la gaseosa. También obligó a determinar qué empresa debía responder y qué valor tenían sus controles de calidad frente a un producto defectuoso.
De acuerdo a lo plasmado en la denuncia, el hombre detectó irregularidades en dos botellas de la popular gaseosa, conservó uno de los envases y comenzó un reclamo que llegó hasta la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial.
La Sala F de la Cámara Comercial confirmó la responsabilidad de Reginald Lee, embotelladora de Coca Cola en la zona de La Plata. El tribunal consideró que las pruebas reunidas permitían acreditar una falla dentro de un envase que permanecía cerrado.
Qué encontraron en las botellas de Coca Cola
El episodio comenzó el 19 de marzo de 2022. El hombre compró cinco botellas retornables de Coca Cola de un litro, en un supermercado de City Bell.
Consumió las primeras tres sin advertir problemas, pero cuando bebió de la cuarta, percibió una sustancia arenosa dentro de la gaseosa. Más tarde sufrió una gastroenteritis aguda y debió recibir atención médica.
El consumidor revisó la quinta botella y el envase conservaba la tapa colocada en fábrica, pero en su interior podía observarse un cuerpo extraño de aspecto sólido y pedregoso.
La quinta botella no fue abierta. El hombre decidió preservarla y reunió fotografías, el ticket de compra, un certificado médico y distintas actuaciones notariales. Ese material permitió respaldar su reclamo. Luego se comunicó con el servicio de atención al cliente de Coca Cola. Las conversaciones no permitieron alcanzar un acuerdo, por lo que presentó una demanda con fundamento en la Ley de Defensa del Consumidor.
La acción fue dirigida contra Reginald Lee y Coca Cola FEMSA. La segunda firma sostuvo que no fabricaba, distribuía ni comercializaba ese producto en La Plata y señaló que la identidad del elaborador aparecía en la etiqueta y la tapa.
La Justicia aceptó ese argumento. Coca Cola FEMSA quedó fuera de la condena y la responsabilidad recayó sobre la embotelladora que abastecía la zona donde se efectuó la compra.
Las pruebas que determinaron la responsabilidad
Reginald Lee negó que un elemento extraño pudiera atravesar sus procesos de producción. La empresa mencionó sus sistemas de lavado, la inspección electrónica de los envases y las certificaciones utilizadas en su planta.
Los jueces consideraron que esos procedimientos no alcanzaban para descartar el defecto denunciado. La existencia de controles internos no anulaba el valor de una botella cerrada incorporada como prueba al expediente.
La cuarta botella, de la cual el consumidor aseguró que había tomado, no fue preservada. Su contenido tampoco pudo analizarse. Por ese motivo, el tribunal no encontró pruebas suficientes para afirmar que la gastroenteritis aguda fuera causada por la bebida.
La falta de ese envase también impidió reconocer daños físicos y psicológicos. Los estudios presentados no demostraron secuelas permanentes relacionadas con el episodio.
La situación de la quinta Coca Cola fue diferente. El envase permaneció bajo resguardo judicial y fue inspeccionado sin necesidad de abrirlo. Una pericia química, el acta notarial y la observación directa permitieron comprobar la irregularidad.
En primera instancia, el caso fue encuadrado como una relación de consumo. El fallo destacó que la embotelladora debía garantizar la seguridad y la correcta elaboración de cada producto ofrecido al público.
Cuánto deberá pagar la embotelladora
La Cámara elevó el daño moral de $50.000 a $200.000. Los magistrados contemplaron la preocupación generada por el hallazgo, la consulta médica y las gestiones realizadas para obtener una respuesta. La suma recibirá intereses calculados desde marzo de 2022. Con esa actualización, el consumidor podría cobrar cerca de $1 millón por este concepto.
El fallo también estableció un daño punitivo de $400.000. Esta multa busca sancionar al proveedor por el incumplimiento de sus obligaciones y evitar que una situación similar vuelva a repetirse.
La embotelladora también deberá abonar los honorarios de abogados, peritos, conciliadores y otros profesionales. Esos gastos ascienden a unos $4,3 millones y representan la mayor parte del costo judicial.
Entre la reparación, los intereses, la multa y los honorarios, el expediente superará los $5 millones. La condena no estableció que la Coca Cola provocara la gastroenteritis, pero sí confirmó que una botella cerrada llegó al mercado con un cuerpo extraño en su interior.
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