Miguel Ángel Pichetto cuestionó la reforma laboral de Javier Milei
El jefe de Hacemos Coalición Federal en Diputados pidió que la nueva iniciativa del Gobierno de Javier Milei tenga un tratamiento aparte. Los detalles.
En la previa a la discusión en el Senado para aprobar la Ley Bases propuesta por Javier Milei, el diputado Miguel Ángel Pichetto criticó la reforma laboral, uno de los capítulos más controversiales de la Ley Ómnibus, y reclamó tratar la iniciativa por separado.
“Seguimos dialogando porque han incorporado algunos temas nuevos. El domingo por la tarde incorporaron una ley laboral de 60 artículos. Eso no estaba hablado”, cuestionó el diputado.
La advertencia de Miguel Ángel Pichetto
En declaraciones a CNN Radio, Pichetto mencionó: “Había una iniciativa de la UCR, pero no este proyecto que presentó el Gobierno a través del secretario de Trabajo”.
El jefe de la bancada de Hacemos Coalición Federal en la Cámara baja puso en duda la aprobación de la Ley Bases ante la eventualidad de que el proyecto incluya el capítulo laboral. “Esto obliga a que en el marco de la discusión en términos de sacar dictamen lo revisemos. Si vienen con una ley nueva, integral, hay que tratarla por separado. Citar a los gremios y a los empresarios. Hay que discutir en la comisión de Trabajo con más detenimiento”, expuso.
“Estamos haciendo todo el esfuerzo para que la Ley y el capítulo fiscal puedan salir. Ya está planteada la agenda para el 29 y 30, cosa de terminar en la madrugada del 1° para ir al Senado con la ley”, subrayó Pichetto.
Anteriormente Picheto había cuestionado otro tema trascedente de la Ley Ómnibus como lo es la restitución del Impuesto a las Ganancias, incluida en el capítulo fiscal. “Sigue siendo un problema en medio de la licuación de sueldos”, cuestionó entonces, aunque hizo una excepción con el nuevo piso proyectado: “$1.800.000 para solteros y $2.200.000 para los casados (con dos hijos) parece más razonable”.
Con un clima enrarecido en la Cámara Baja por los aumentos en las dietas de los senadores nacionales, que dejan muy retrasados los ingresos mensuales que perciben sus pares de Diputados, este miércoles se inician los plenarios de las comisiones para dictaminar la nueva Ley Ómnibus y el Acuerdo Fiscal. Las comisiones de Presupuesto y Hacienda, Legislación General y Asuntos Constitucionales retomarán el tratamiento de las iniciativas que, desde el verano, desvelan al presidente Javier Milei.
Qué dice la reforma laboral
“Las cláusulas de los acuerdos por las que se establezcan cuotas de solidaridad a cargo de los empleados y a favor de las asociaciones de trabajadores participantes en la negociación, tendrán validez solo para los afiliados. Para los no afiliados solo será factible de constatarse la autorización previa y expresa para realizar dicho descuento”, indica el artículo 52, lo que representa un golpe para las cajas de los gremios.
Por otra parte, en el artículo 53 se dispone que aquellos trabajadores que hagan uso del derecho a huelga no serán sancionados administrativamente pero se les descontará del sueldo un proporcional por las horas no trabajadas.
"El ejercicio regular del derecho a huelga no dará causa a ningún tipo de sanción administrativa y el descuento en la remuneración será proporcional al tiempo no trabajado”, se señala en una modificación de la ley 24.185 sobre Convenciones Colectivas de Trabajo para la Administración Pública Nacional.
En el artículo 42, se establecen las condiciones del régimen de estabilidad para empleados de la administración pública que sean pasados a disponibilidad en caso de “la supresión de órganos, organismos o de las funciones a ellos asignadas”.
Según se determina allí, la situación de disponibilidad dentro del organismo tendrá un plazo máximo de 12 meses, y si al término de dicho período no “hubiera formalizado una nueva relación de trabajo, quedará automáticamente desvinculado de la Administración Pública nacional”, y recibirá la indemnización que le corresponda a su antigüedad.
La inmunidad para delegados sindicales se mantiene y no podrán ser puestos en disponibilidad, según establece el artículo 43.
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