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Perdió un testículo por negligencia médica: le darán 60 mil euros

Le hicieron una operación, le pusieron unas vendas y le dijeron que todo había salido "muy bien". "Me fui del hospital creyendo que tenía los dos", dijo.

Miguel Gómez tiene 45 años y va a recibir una indemnización de 60.000 euros -tras la intervención y la condena del Tribunal Superior de Justicia- por haber perdido uno de sus testículos por una negligencia médica en el Hospital de la Vega Baja de Orihuela, en Alicante, España.

Todo pasó en 2015, cuando Miguel fue al hospital con un fuerte dolor en la zona de los genitales y, tras muchas horas de no darle un diagnóstico claro, una doctora le dio la mala noticia con una broma. Lo peor vino después de la intervención a la que le sometieron: "Cuando salí del quirófano, me dijeron que todo había salido bien, que me iba a recuperar perfectamente. No quisieron darme mi historia clínica para que yo consultara también en un médico privado y eso me pareció extraño pero, como tenía un apósito que me cubría los testículos, yo me fui del hospital creyendo que tenía los dos", denunció la víctima.

El hombre había llegado al hospital con dolor en el testículo izquierdo acompañado de náuseas, mareos, hinchazón en un lado del escroto y dolor agudo. Ya en una clínica privada, le quitaron los vendajes y le dijeron que su testículo, el que ya estaba enfermo, estaba a punto de quedarse inútil. "Hormonalmente no me afecta, pero ya no tiene ni un valor estético. Por supuesto, también me afecta a la hora de tener hijos", se lamentó Miguel al recordar el episodio.

El demandante pedía inicialmente 120.000 euros por otros conceptos, como la pérdida de fertilidad y un trastorno adaptativo por ansiedad, pero el TSJCV no asume estos efectos por considerar que no han quedado acreditados por un dictamen técnico.

Los hechos ocurrieron el 2 de marzo de 2015 cuando el hombre comenzó a sufrir dolor en un testículo sobre las 11 y entró a Urgencias del hospital de Orihuela a las 13.15, pese a lo cual no fue intervenido hasta las 21 cuando si se hubiera sometido a operación antes posiblemente se habría evitado la pérdida testicular.

En el fallo, el alto tribunal entiende que hubo un retraso no imputable al enfermo y destaca que el director del servicio de Urgencias asumió ese lapso de tiempo por "el incremento de la demanda asistencial" en esa fecha y en la circunstancia de que "a las 15 horas se produce un cambio de turno y de los profesionales responsables de la asistencia, haciéndose éstos cargo de los pacientes que hasta ese momento desconocían".

En un comunicado, la presidenta de 'El Defensor del Paciente', Carmen Flores, consideró inaceptable que un director de Urgencias de un hospital público alegue como "excusa para esta negligencia el cambio de turno de profesionales sanitarios". "Es su responsabilidad que dicho cambio de turno esté ordenado y protocolizado de manera que no produzca un fallo asistencial tan grave como el que ha dado lugar a esta condena", sentenció.

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