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La Mañana justicia

Revés judicial para el empresario que abusó 19 años de su hijastra y que permanecía en prisión domiciliaria

Tras el reclamo de los vecinos en el barrio donde cumplía la docimiliaria, la justicia dio un giro en su decisión.

Trasladaron al empresario, que cumplía condena por abuso sexual en un barrio privado, a una comisaría de la capital neuquina tras el fallo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) por el que revocó la prisión domiciliaria.

La sentencia del TSj se dio a conocer este viernes luego de que avalara el pedido del Ministerio Público Fiscal (MPF) para revocar la prisión domiciliaria de J. R. Se trata de un hombre condenado por un jurado popular por los delitos de abuso sexual y corrupción de menores, sobre quien se dispuso su traslado hacia una comisaría de la ciudad de Neuquén donde quedó detenido con prisión preventiva.

La resolución se materializó durante un operativo que realizó durante esta tarde, encabezado por el fiscal del caso Manuel Islas en conjunto con personal de la Policía provincial. Las autoridades llegaron hasta la vivienda en la que J. R había fijado residencia, lo detuvieron y posteriormente lo trasladaron hacia la sede policial.

Se realizó el procedimiento luego la notificación que recibió el MPF del fallo de la Sala Penal del TSJ, integrada por el vocal Alfredo Elosu Larumbe y la vocal Soledad Gennari, que dejó sin efecto la prisión domiciliaria resuelta por un Tribunal de Impugnación, y ratificó la prisión preventiva que habían dispuesto un juez de garantías y confirmado un Tribunal Revisor.

El pedido de revocatoria de la prisión domiciliaria ante el TSJ, fue planteado ayer en audiencia por el fiscal jefe Pablo Vignaroli y el fiscal del caso Manuel Islas, con el acompañamiento del abogado querellante Carlos Caroselli.

El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén.

El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén.

El pedido para revocar la domiciliaria tras el escrache de los vecinos

Se vivieron unas semanas de incertidumbre y creciente malestar entre los vecinos del condenado. Repudiaron su presencia y solicitaron que sea trasladado a una dependencia policial. El reclamo escaló hasta un escrache con bocinazos y pedradas sobre la vivienda.

A fines de la semana pasada, el MPF presentó un recurso extraordinario ante el (TSJ para que se revoque la prisión domiciliaria otorgada al empresario condenado por un jurado popular por los delitos de abuso sexual y corrupción de menores. El pedido de la fiscalía ocurre tras varios días de protestas de parte de los vecinos frente a la casa del hombre.

El recurso fue impulsado por el fiscal jefe Mauricio Zabala, con el acompañamiento del fiscal del caso Manuel Islas, y presentado el viernes pasado a última hora. Solicitaron que se habilite la feria judicial para su tratamiento debido a la existencia de riesgo de fuga de parte del condenado.

Ambos representantes del MPF plantearon que fue arbitraria la decisión que tomó el Tribunal de Impugnación (T.I.) el pasado 15 de julio, que dejó sin efecto la prisión preventiva que se le impuso a J. R. luego del veredicto del jurado popular que lo declaró culpable por unanimidad -a principios de este mes-, y que la reemplazó por la prisión domiciliaria.

La resolución es “manifiestamente arbitraria” ya que “inobserva y aplica mal” la ley procesal; no valora el contexto del caso; avasalla el deber del Estado de brindar tutela judicial efectiva a la víctima; y carece de perspectiva de género, según se detalló en el recurso.

De cuánto podría ser la pena para el empresario

Un jurado popular declaró culpable a J. R. el pasado 1 de julio de forma unánime. Los 12 ciudadanos y ciudadanas avalaron la teoría del caso del MPF y la querella: que J. R. abusó sexualmente de su hijastra durante 19 años, desde que era niña hasta su etapa adulta. Los hechos ocurrieron principalmente en la vivienda donde convivieron hasta el año 2020, así como en oficinas de las empresas del imputado, hoteles durante viajes y un camión de transporte de mercadería.

El delito atribuido, que prevé una pena mínima de 15 años de prisión efectiva, fue abuso sexual con acceso carnal continuado agravado por el resultado dañoso a la salud física y mental, por tratarse del encargado de la guarda y por haberlo cometido contra una menor de 18 años aprovechando una situación de convivencia preexistente (esta última agravante hasta que la víctima alcanzó la mayoría de edad), en concurso ideal con corrupción de menores, todo en carácter de autor.

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