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Tensión entre jueza y el MPF: pidieron la domiciliaria para un cuchillero pero fue liberado tras la acusación

Un hombre que protagonizó un salvaje ataque contra una mujer en el barrio Cuenca XVI fue imputado por un delito leve más allá de las intenciones de la fiscalía.

Un hombre que apuñaló a una mujer durante un incidente en el barrio Cuenca XVI de esta capital fue rápidamente liberado luego de una audiencia de formulación de cargos. La audiencia desarrollada en la Ciudad Judicial estuvo cargada de tensión debido a que el Ministerio Público Fiscal (MPF) concretó la recusación de la jueza interviniente pero el reclamo no fue contemplado.

Durante una audiencia desarrollada el miércoles, el fiscal del caso Andrés Azar formuló cargos a un hombre, identificado por sus iniciales como M.J.R., por haber provocado lesiones graves a una mujer que se interpuso para evitar que agrediera a su expareja, en un hecho ocurrido el 23 de noviembre en el barrio Cuenca XVI.

Las distintas instancias del juicio y debate de pena fueron realizadas en la Ciudad Judicial de Neuquén capital.
En la audiencia de determinación de pena, la fiscalía reclamó 7 años de cárcel para el violador.

En la audiencia de determinación de pena, la fiscalía reclamó 7 años de cárcel para el violador.

El fiscal describió que, cerca de las 22:45, el imputado se acercó de forma agresiva a su expareja para increparla. En ese contexto, una familiar de la mujer intervino para impedir la agresión. Fue entonces cuando el imputado la hirió con un cuchillo en el abdomen, provocándole una perforación de intestino delgado.

En medio del episodio intervino otra persona, quien efectuó disparos con un arma de fuego y lesionó tanto al acusado como a la víctima, pero las pericias realizadas -prueba química para detectar residuos de disparo de armas de fuego- no dieron resultado positivo. Por el momento, el MPF no le atribuyó ninguna participación.

El fiscal atribuyó a M.J.R. el delito de lesiones graves dolosas como autor y solicitó un plazo de dos meses para completar la investigación. Además, requirió que se le imponga prisión domiciliaria, principalmente por el riesgo de entorpecimiento de la investigación, dado que los testigos son allegados al imputado y la víctima manifestó temor por vivir a metros de familiares del acusado.

Una calificación por un delito más leve

La jueza de garantías Natalia Pelosso tuvo por formalizada la investigación pero, en forma provisoria, adoptó la calificación de lesiones graves culposas, al considerar que la plataforma fáctica expuesta por la fiscalía no permitía inferir una intención de lesionar. También fijó un plazo de tres meses para investigar. En cuanto a las medidas cautelares, rechazó la prisión domiciliaria -por impedimento legal, dado que la pena potencial podría ser de ejecución condicional- y dispuso la libertad del acusado, con obligaciones y prohibiciones de contacto y acercamiento por tres meses.

Antes de la formulación de cargos, por pedido de la defensa se controló la detención de M.J.R. En ese marco, el fiscal del caso pidió el apartamiento de la jueza Pelosso.

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Azar explicó que momentos antes de la apertura formal de la audiencia, Pelosso manifestó que la audiencia había sido solicitada "segundos antes del vencimiento del plazo de las 48 horas" de detención previsto en el Código Procesal Penal. El fiscal interpretó que, al hacer este comentario, la jueza estaba dando a entender que iba a hacer lugar al pedido de la defensa, antes de que la propia defensa lo formulara.

La jueza calificó la detención como ilegal

Para resolver la recusación se convocó al juez Cristian Piana, quien rechazó el reclamo del MPF tras evaluar que no existía motivo concreto para dudar de la imparcialidad de la jueza. Piana analizó los horarios del arresto y el vencimiento de las 48 horas y, aunque consideró que el impacto de los plazos debe medirse con un "almanaque y no con un cronómetro", estimó que la posición de la jueza no implicaba adelantar opinión sobre la legalidad de la detención y rechazó la recusación.

Concluido el incidente, Pelosso resolvió que la detención fue ilegal, al considerar que el plazo máximo de 48 horas había vencido al momento de solicitarse la audiencia. Ordenó la libertad inmediata del imputado y dispuso remitir antecedentes a la Secretaría de Superintendencia.

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