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Violento fue condenado y seguirá en libertad pero con tobillera para cuidar a la víctima

La fiscalía lo llevó a juicio por dos intentos de femicidio, pero un jurado popular lo absolvió por un hecho y lo condenó por lesiones.

Un hombre condenado por lesionar a su expareja cumplirá una pena condicional, pero deberá mantener la tobillera electrónica y no podrá acercarse a la mujer si quiere seguir en libertad. La defensa había pedido dar la pena por cumplida con los meses que el violento estuvo en prisión preventiva.

Cabe recordar que el violento, de apellido Calfuqueo, llegó al debate acusado por dos hechos de violencia de género, ambos cometidos en la misma vivienda del barrio Almafuerte II de Neuquén. El primero ocurrió el 19 de enero de 2024, cerca de las 5 de la madrugada, cuando el violento se presentó en la casa de su ex pareja y, a pesar de que tenía vigente una orden de prohibición de acercamiento y de ejercer cualquier acto de perturbación hacia ella, saltó el portón, rompió la puerta de ingreso y se metió en la casa en la que la víctima dormía.

Ya dentro de la vivienda, se tiró encima de la mujer y con un cuchillo tipo Tramontina le dio un puntazo en el cuello. Ante el pedido de ayuda de la víctima, los vecinos concurrieron de inmediato. El imputado escapó de la vivienda, pero fue detenido minutos más tarde por la Policía.

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Otro de los incidentes había ocurrido el 28 de febrero de 2016, alrededor de las 7:30 de la mañana. Calfuqueo ingresó por la fuerza al domicilio de la mujer, cuando también tenía una prohibición de acercamiento y contacto en el marco de una causa que tramitaba en el fuero de Familia. Mientras la víctima dormía, se abalanzó sobre ella, le colocó un cinto en el cuello y la ahorcó en varias oportunidades. La mujer sufrió un desmayo y, una vez que recobró la conciencia, logró escapar hacia la casa de una vecina a la que pidió ayuda y alertó a la Policía.

La fiscalía lo acusó por todo esto de dos hechos de intento de femicidio y violación de las órdenes judiciales, pero el jurado popular que analizó la prueba, lo absolvió por uno de los presuntos intentos de femicidio y lo condenó, en el segundo caso, solo por las lesiones leves ocasionadas a la víctima.

A raíz de los delitos por los que finalmente se declaró su responsabilidad, la expectativa de pena bajó considerablemente de la que se esperaba si se lo condenaba por los delitos atribuidos por la fiscalía. En ese marco, y durante el juicio de cesura esta semana, la acusación pidió el dictado de 2 años de prisión efectiva para el hombre.

En sus alegatos ante el juez de garantías Lucas Yancarelli, la acusación consideró como único atenuante la ausencia de antecedentes penales del hombre y, como agravantes, la naturaleza de la acción en un contexto de violencia de género evidenciado por las reiteradas denuncias ante el Juzgado de Familia y la extensión del daño psicológico que esto le provocó a la víctima.

Por su parte, la defensa consideró la falta de antecedentes y que el imputado cuenta con trabajo y contención familiar y solicitó que se considere que la pena ya fue cumplida ya que el imputado estuvo detenido en prisión preventiva durante un año y medio.

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Seguirá en libertad pero mantendrá la tobillera

El juez Lucas Yancarelli analizó los pedidos de las partes durante 48 horas y el viernes, resolvió imponerle a Calfuqueo la pena de 1 año y 10 meses de prisión.

En su veredicto, consideró que ni los dos años de prisión efectiva solicitados por la fiscalía, ni el pedido de la defensa de considerar cumplida la pena al haber estado el imputado un año y dos meses con prisión preventiva daban una salida a la situación de fondo.

Considerando toda la situación de violencia que se pudo conocer durante las dos etapas de juicio, en las que quedaron de manifiesto las numerosas denuncias por parte de la víctima y la extensión del daño causado, el magistrado resolvió imponer la pena detallada, que será de cumplimiento condicional y quedará supeditada al cumplimiento de diversas normas de conducta por el término de tres años y seis meses. Es decir que, mientras cumpla las pautas impuestas, atravesará la condena en libertad.

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Como medidas principales de conducta y del mismo modo que viene cumpliendo, el juez impuso al condenado la prohibición de acercamiento a menos de 500 metros de la víctima, la obligación de someterse a un tratamiento psicológico para erradicar todo atisbo de conductas violentas hacia semejantes y en especial eventuales parejas, y de realizar cursos de masculinidades dictadas por el Ministerio Público Fiscal.

También deberá presentarse ante la Dirección de Población Judicializada cada tres meses e informar cualquier cambio de domicilio. Además, ordenó que mantenga el dispositivo dual (tobillera electrónica) hasta tanto, en etapa de ejecución y en base al cumplimiento de estas imposiciones, se considere que se pueda dejar sin efecto.

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