Ruta 22: pasó en rojo, chocó a un motociclista y lo mató
A 17 días del brutal accidente de tránsito que le ocasionó la muerte a Horacio del Carmen Bravo, la Justicia acusó al conductor de una Renault Kangoo por homicidio culposo triplemente agravado. Es que, las pericias determinaron que pasó en rojo el semáforo de la ex Ruta 22, iba a exceso de velocidad y conducía con culpa temeraria.
En una audiencia realizada este lunes, el asistente letrado de la fiscalía Bruno Miciullo detalló la teoría del caso que investigan y las evidencias recolectadas a la fecha. Así, indicó que el 17 de diciembre de 2021, alrededor de las 18, José Manuel Agüero conducía una Renault Kangoo por el carril izquierdo de la Avenida Mosconi (ex Ruta 22) hacia el este.
"Al arribar a la intersección con calle Bahía Blanca, hizo caso omiso de la cartelería vial la cual fijaba como límite de velocidad los 60 kilómetros por hora e hizo caso omiso a la luz del semáforo que regulaba el tránsito en dicha intersección, que se encontraba con luz roja encendida e impedía su paso, el imputado impactó con el frente de su vehículo contra el lateral izquierdo de la motocicleta en la que iba el señor Horacio Bravo, quien iba por Bahía Blanca hacia el norte y estaba habilitado por el semáforo", detalló el representante de la Fiscalía de Homicidios.
En este sentido, Miciullo agregó que producto de dicho impacto, ambos vehículos se desplazaron hacia el guardarrail, en el caso de la moto 21 metros y en el caso de la camioneta, 17 metros, hasta detener su marcha.
De inmediato, otros automovilistas se comunicaron con la Policía para dar aviso del brutal accidente y en el lugar se acercó personal de Tránsito, de bomberos y médico a bordo de ambulancias del SIEN. "El ciudadano Bravo fue trasladado al hospital Castro Rendón, donde pese a la asistencia médica recibida y producto de las lesiones, falleció horas más tarde por traumatismo cráneo encefálico grave -tal como certificó la autopsia después-; mientras que Agüero también fue llevado al hospital regional y horas más tarde recibió el alta médica", sostuvo el asistente letrado Miciullo.
Por otra parte, relató los resultados del informe del perito en accidentología vial de la Policía del Neuquén. Así se conoció que Agüero circulaba a una velocidad mínima de 104 kilómetros por hora, excediendo el límite en más de 30 km/h (ya que la cartelería vial decía 60 km/h en esa zona); y que la motocicleta comienza a cruzar la ruta con semáforo en verde -tal como se observa en la cámara de seguridad de una estación de servicio ubicada justo en esa intersección. También detalla el informe que debido al impacto, no se pudo establecer la velocidad en que circulaba la moto, porque fue absorbida por la camioneta.
Además, mencionó la planilla de procedimiento policial de la División de Tránsito que trabajo en el lugar del siniestro vial. Los efectivos identificaron a los ocupantes de la camioneta, tanto conductor como acompañante: le practicaron el test de alcoholemia al conductor, que arrojó negativo; tomaron las medidas necesarias para una posterior pericia accidentológica; dejaron asentado que producto del impacto, la moto se prendió fuego y que ambos involucrados fueron trasladados al hospital regional.
Por último, el letrado mencionó solo dos de la enorme cantidad de testigos oculares del accidente, ya que el tránsito era concurrido a esa hora. Uno de ellos, que circulaba por la ex ruta en el otro carril a Agüero indicó que detuvo su marcha ante el semáforo en rojo y "advirtió a los 5 segundos pasar la camioneta Kangoo gris por su lateral izquierdo y vio el impacto con la moto; así como los otros vehículos que habían empezado a circular por calle Bahía Blanca que lograron esquivar a la camioneta y no ser impactados". El otro testigo conducía por Bahía Blanca y pudo relatar que "el semáforo estaba en verde para ellos, que vio cuándo la moto subió y fue impactada, y que llamó de manera inmediata a la Policía". La llamara quedó registrada a las 18:09 de ese viernes.
Por todo lo expuesto, la fiscalía acusó a Agüero como autor del delito de homicidio culposo por la conducicion antireglamentaria de un vehículo automotor, triplemente agravado por conducir en exceso de velocidad en más de 30 km/h lo permitido en el lugar del hecho; por haber violado la señalización del semáforo que le impedía su paso; y por haber sido realizado con culpa temeraria.
Además, como medida cautelar solicitó que realice comparendos en la Comisaría 26 de Fernández Oro, localidad donde reside el acusado.
A su turno, el querellante en representación de la familia de Bravo adhirió al pedido de la fiscalía; y la defensa no se opuso ni a la calificación provisoria ni la medida cautelar.
De esta manera, el juez de garantías a cargo de la audiencia Dardo bordón avaló los cargos tal como los describió la fiscalía y dictó que el acusado cumpla comparendos semanales en dicha comisaría, por ser su lugar de residencia. Por último, fijó en tres meses el plazo para culminar la investigación.
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