Un año y 6 meses de prisión para la dueña de una empresa por la muerte de un empleado
Norma Nélida Mendoza Montecinos fue condenada a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional, luego de ser declarada penalmente responsable por la muerte de un empleado de una empresa de la que era dueña. La víctima fue Erick Ángel Bravo Araya, quien falleció el 17 de marzo de 2017 tras recibir una descarga eléctrica de una línea de media tensión mientras realizaba tareas de pintura en un sector de monoblocks de la ciudad de Neuquén.
La dueña de la empresa fue declarada penalmente responsable por el delito de homicidio culposo en un segundo juicio realizado este año, que demandó de tres intensas jornadas de audiencias.
La víctima trabajaba era empleado de una empresa cuya dueña era Mendoza Montecinos y que había sido contratada para realizar tareas de pintura en unos monoblocks de la ciudad de Neuquén. El 17 de marzo de 2017, mientras realizaba tareas de pintura sobre un andamio sin barandas y a 56 centímetros de un cable de línea de media tensión, Bravo Araya tocó el cable y murió electrocutado.
En el primer juicio se había determinado que los andamios estaban ubicados a una distancia menor a la indicada como segura por la legislación vigente y no disponía de las herramientas adecuadas, entre numerosas faltas de seguridad laboral.
Es el segundo juicio que se realiza en este caso, luego de que la dueña de la empresa fuera hallada penalmente responsable en diciembre de 2020 y condenada a 1 año y ocho meses de prisión de ejecución condicional en marzo de 2021. Posteriormente, un Tribunal de Impugnación compuesto por los jueces Daniel Varessio, Richard Trincheri y la jueza Estefanía Sauli hizo lugar a la impugnación contra la sentencia de responsabilidad y de pena impugnada, anulando la misma y reenviando a nuevo juicio.
Al finalizar ahora sí este segundo proceso, desde la fiscalía solicitaron que se le imponga a la imputada la pena un año y ocho meses de prisión en suspenso y cumplir diferentes reglas de conducta por el término de dos años, entre las cuales se encuentran fijar domicilio; abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar del consumo de alcohol; someterse al control de la población judicializada cada cuatro meses y acreditar la realización de un curso de capacitación en seguridad e higiene de 80 horas. Esto por haberla encontrado culpable de la muerte de su empleado.
Los agravantes que los representantes de la fiscalía tuvieron en cuenta para requerir el monto de la pena fueron la gravedad del hecho, la naturaleza de la acción y la extensión del daño, mientras que como atenuantes valoró la ausencia de antecedentes penales y la edad del empleado que resultara víctima.
El abogado particular que intervino como querellante, Javier Pino Muñoz, adhirió al pedido de la fiscalía en todos sus términos, mientras que el juez de garantías a cargo de la audiencia impuso a la mujer la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional y avaló las reglas de conducta solicitadas.
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