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Barril congelado: Nación compensará a las empresas y provincias que renuncien a los juicios

Añade 116,10 pesos por barril de petróleo que las operadoras vendan al mercado local durante septiembre. Se repartirá un 88% a las empresas y un 12% a las provincias donde esté la concesión, pero sólo si renuncian a cualquier instancia judicial sobre el DNU que congela los combustibles hasta fin de año. Así se dispuso por una resolución de la secretaría de Energía de la Nación.

Por David Mottura - [email protected]

El gobierno nacional mejora el precio interno del petróleo a cambio de que las Provincias no avancen con los juicios, en un contexto de disparada del dólar y del aumento del precio del Brent a nivel internacional. La medida fue publicada en el Boletín Oficial de la Nación y añade $116,10 por barril de petróleo entregado al mercado local durante el mes de septiembre de 2019.

La transferencia establecida, que correrá para las ventas realizadas durante septiembre, se abonarán en un 88% a las operadoras y en un 12% a las provincias donde esté la concesión. Sin embargo, para percibirla, las empresas y provincias productoras deberán desistir de los reclamos judiciales que hayan promovido cuando el gobierno nacional impuso el nuevo marco de restricciones al precio del barril.

Neuquén tiene presentada en la Corte Suprema de Justicia de la Nación un pedido de nulidad del decreto que generó las nuevas condiciones en la industria, y se sabe que la empresa Vista Oil & Gas hizo un reclamo en la Justicia Federal.

El envío de recursos había sido delineado en la resolución 601/19: ahí se fijó que el dólar para el sector petrolero pasara de 45,19 pesos a 46,69. En ese entonces, se planteó además que, a través de un aporte estatal (un subsidio), se establecía una transferencia de 2,81 pesos por dólar para los productores de petróleo, llevando entonces el a esa moneda, para el cómputo de la liquidación de barriles, de $46,69 a $49,50. Este último salto es lo que ahora se cubre con los 116,10 pesos por cada barril producido.

El gobierno nacional insiste en sostener el congelamiento del precio de los combustibles, una de las patas del paquete de medidas económicas que anunció el presidente Mauricio Macri tras los resultados desfavorables en las elecciones primarias del 11 de agosto.

Aquella medida levantó críticas en las provincias petroleras y en las empresas, puesto que cambia las reglas precipitadamente y compromete los planes de inversión. El objetivo es aliviar el bolsillo de los argentinos, pero empresas y provincias se quejaron de haber sido una definición inconsulta.

En la actualidad, con las decisiones nacionales las empresas están vendiendo al mercado local un barril de crudo a 2754,17 pesos. Con esta compensación, el crudo pasa a 2870,81 pesos. La idea no convence del todo a las operadoras (que tienen un universo diversificado entre las integradas y las no integradas).

El Brent está freezado en Argentina a 59 dólares, mientras que hoy lunes el crudo que utiliza el país como referencia tuvo una disparada a 66 dólares tras los ataques en Arabia Saudita a equipos de producción petrolera. El petróleo del Mar del Norte abrió a nada menos que 71 dólares, pero un mensaje del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, calmo a los mercados: autorizó el uso de las reservas de emergencia de su país para asegurar un suministro estable.

El artículo cuatro de la resolución 552/29, elaborada por el Ministerio de Hacienda y la Secretaría de Energía de la Nación, establece el condicionamiento para estos 116,10 pesos. “La solicitud de las transferencias que correspondan en los términos de esta resolución deberá estar acompañada de las renuncias de las empresas productoras de petróleo y las provincias concedentes a todo derecho, acción o reclamo administrativo, judicial, extrajudicial o arbitral, en la República Argentina, en el extranjero y en el ámbito internacional, relacionados a la aplicación de los decretos 566/2019 y 601/2019”.

“Asimismo –continúa ese artículo-, las empresas productoras de petróleo deberán acompañar una declaración por la que se obliguen a mantener indemne al Estado Nacional por cualquier acción, reclamo administrativo, judicial, extrajudicial o arbitral, en la República Argentina, en el extranjero y en el ámbito internacional, de sus accionistas o sociedades controlantes, contraladas o vinculadas, relacionadas a la aplicación de los decretos 566/2019 y 601/2019”.

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