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Condenaron por un "femicidio infantil" a padres de una nena

La Justicia probó que la criatura, de 3 años, fue violada y asesinada a golpes. Para el padrastro pidieron perpetua y para la madre, 14 años.

La Justicia de Quilmes consideró culpables a Yamila Coronel y Daniel Manzanares, madre y padrastro de Alma, una nena de 3 años que fue violada y asesinada a golpes el 30 de enero de 2016. Para la fiscal del juicio se trató de un “femicidio infantil” ya que consideró que durante su corta vida sufrió violencia por el solo hecho de ser mujer.

El veredicto se dará a conocer en la semana próxima por el Tribunal Oral N°5 integrado por Mónica Rodríguez, Gustavo Farina y Federico Merlin. Lo que ahora se conoció fue el veredicto condenatorio, para el cual solicitaron la prisión perpetua para el hombre y una condena de 14 años para la mujer. La fiscal a cargo, María Attarian Mena, aseguró que en el debate se acreditó que Yamila “ejerciendo la patria potestad de Alma, a sabiendas de la violencia extrema, física y sexual desplegada por Manzanares a Alma decidió convivir con él”.

La fiscal basó su alegato en la temática de género. Enumeró algunas de las diferencias que Alma sufrió por el solo hecho de ser mujer: “La nena dormía en el piso; el nene (hijo de Coronel y Manzanares) iba al médico, la nena no; Alma vivía una vida de violencia y sufrimiento físico”. En 2016, cuando se conoció el caso, la madre había denunciado que la pequeña se había caído de una mesa y golpeado la cabeza en su casa. Pero la autopsia reveló que había sido abusada y golpeada y la mujer admitió una situación de violencia de parte de su pareja con la nena.

“El asesinato de Alma fue un femicidio infantil”, sostuvo de forma contundente la fiscal. En esa línea, pidió la pena máxima para Manzanares por “Homicidio agravado por su comisión contra una mujer perpetrado en el marco de violencia de género, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado por la situación de convivencia”. En tanto, para la madre biológica, pidió 14 años de prisión por “abandono de persona seguido de muerte, agravado por el vinculo”.

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