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Fiesta en Olivos: Casanello se declaró incompetente y derivó la causa

Sandra Arroyo Salgado podría recibir el expediente que investiga al Presidente y a la Primera Dama por el festejo en plena pandemia.

El juez federal Sebastián Casanello se desprendió este miércoles de la causa por el escándalo del cumpleaños de la primera dama, Fabiola Yáñez, en la Quinta de Olivos el 14 de julio del 2020, en la que se investiga la supuesta violación al decreto que imponía aislamiento por la pandemia del coronavirus.

La causa podría pasar a la jueza de San Isidro, la cual tiene competencia sobre esa jurisdicción, a cargo de Sandra Arroyo Salgado, y quien tenía una sola denuncia por el escándalo.

Se trata de una cuestión de competencia territorial y ahora se ocupará Arroyo Salgado, quien también tenía otra denuncia paralela. De no aceptar la competencia la jueza Arroyo Salgado, será la Cámara Federal porteña la que determine si el caso queda en sus manos o en el juzgado de Capital Federal.

Casanello resolvió porque le llegó para definir el pedido de inconstitucionalidad hecho por Estefanía Domínguez, una de las amigas y visitas al cumpleaños de la primera dama, sobre el decreto presidencial firmado por Alberto Fernández que prohibía en ese momento ese tipo de encuentros.

En la investigación está imputado el presidente Alberto Fernández y la primera dama, entre otros, por el festejo del cumpleaños de ella en Olivos.

El denominador común de todos los hechos denunciados es el lugar de comisión: la Quinta Presidencial de Olivos. Sólo varían los actores y las fechas”, explicó Casanello. Además, detalló que los denunciantes apuntan a “la Quinta de Olivos” como el lugar donde tuvieron lugar los distintos encuentros incluidos el del 14 de julio del 2020.

“En igual sentido, los dictámenes y la actividad probatoria llevada a cabo por la Fiscalía dan cuenta de que los hechos que son objeto de investigación tuvieron lugar en esa Residencia Presidencial, sita en la localidad de Olivos, Partido de Vicente López, Provincia de Buenos Aires. En consonancia, los escritos presentados por las defensas también ubican las conductas en ese lugar”, agregó.

Más aún, descarta de plano que los hechos hayan ocurrido en la Capital Federal, donde hasta este miércoles estuvo la causa. “No estamos frente a delitos continuados o permanentes que hayan involucrado distintas jurisdicciones, ni delitos cometidos a distancia. Aquí, según los recortes hechos en las denuncias -recogidos por la Fiscalía-, el lugar de la acción y del resultado es el mismo y no involucran a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, dijo.

De ser Arroyo Salgado quien quede con la causa u otro magistrado, tiene para resolver dos planteos: uno el de inconstitucionalidad de la norma hecho por Domínguez, y el otro el del presidente de la Nación, imputado en el caso.

El presidente pidió su sobreseimiento por considerar que no hubo delito ya que el encuentro no generó contagios a propios ni terceros, y además propuso una reparación económica consistente en donar por cuatro meses la mitad de su salario al Hospital Malbrán.

Fuente: Noticias Argentinas.

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