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Los privados podrán financiar obras en El Chañar

Se autorizó una ordenanza que implica que el sector podrá ayudar al Estado. Acorta los tiempos de gestión en la pandemia.

Los sectores privados podrán financiar al estado para que pueda avanzar en planes de obra pública, como parte de un proyecto que viene de hace años en Nación, pero que hoy lo reimpulsa la Municipalidad de San Patricio del Chañar.

La novedad surgió a raíz de la aprobación de la ordenanza 1246/21 el 16 de septiembre pasado, donde se ponen pautas para que los inversores privados puedan tener iniciativas de desarrollo a la par del estado municipal.

“Es una herramienta muy buena y necesaria en estos tiempos de pandemia. Se perdieron dos años y se necesitan acelerar algunos procesos que en el Estado y en distintos organismos tardan demasiado tiempo”, indicó a LM Neuquén el intendente local Leandro Bertoya.

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El intendente Leandro Bertoya quiere acelerar las gestiones en estos dos años y se consolida con el financiamiento de los privados.

El intendente Leandro Bertoya quiere acelerar las gestiones en estos dos años y se consolida con el financiamiento de los privados.

El régimen de iniciativa privada viene hace más de 15 años en el país y la comuna se basó en el Decreto 966/2005 y las diversas leyes de modalidades de contratación (13.064, 17.520 y 23.696).

La normativa local implica la creación de una comisión evaluadora que certificará los antecedentes, el monto de la inversión y la fuente de los recursos privados. La idea es que puedan desarrollar planes de obras y que luego el estado municipal haga una modalidad de pago bajo convenio.

También tendrá un seguro de caución que va del 0,5% al 0,7% dependiendo el monto del proyecto de inversión, desde 25 a más de 12 millones de pesos.

ORD 1246-21 REGIMEN DE INICIATIVA PRIVADA CHAÑAR.pdf

La ordenanza 1246/21 que aprueba el régimen de inversión de los privados en El Chañar.

La comisión tendrá 30 días para evaluar y descartar cada proyecto y analizar la oferta más conveniente para la Municipalidad.

-> Derechos de autor

El artículo 14 de la ordenanza aprobada explica que los derechos de autor sobre la iniciativa privada tendrán un plazo de dos años. Luego de ese periodo los proyectos de infraestructura y obras pasarán al interés púbico. Otro aspecto es que el autor de la iniciativa privada en el caso de que no saliera seleccionado el proyecto tendrá derecho a recibir un reembolso de quien resultare ganador de la obra, del 1% del monto de la inversión. La municipalidad en ningún caso podrá reclamar derechos a reembolsar gastos ni honorarios al autor de cada proyecto.

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