El ministro Federico Sturzenegger aclaró todas las dudas y controversias en torno al alcance del impuesto a SADAIC. En Neuquén, los comerciantes festejaron.
Finalmente, todas las dudas y controversias que se yerguen sobre el polémico impuesto a SADAIC fueron despejadas. El propio ministro de Desregulación y Transformación del Estado de la Nación Argentina, Federico Sturzenegger, aclaró en su cuenta de X (exTwitter) que ya no tendrá alcance para las fiestas privadas que se celebran a lo largo y ancho del país.
Comerciantes de Neuquén esperaban una confirmación para saber qué hacer, si pagar o no por la reproducción de música en salones privados de esta ciudad, de modo que la noticia generó satisfacción y alivio. Es un impuesto menos que tendrán que pagar por el ejercicio de la actividad.
Días atrás, el gobierno nacional modificó por decreto la reglamentación de propiedad intelectual y derechos de autor y eliminó el pago del impuesto a SADAIC (Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música). De esta manera, quedaban exentos de pagar el tributo todos los ámbitos privados, de ocupación permanente o temporal.
Sin embargo, dueños de salones de Neuquén recibieron una intimidación desde el organismo que nuclea a los autores y compositores de la música, por entender que la interpretación que hacía el Gobierno de la norma era "errónea".
En medio de la polémica, salió el ministro Sturzenegger a aclarar y con sus expresiones dio por terminada la polémica.
"Dado el debate reciente, quería explicarles los alcances del decreto 765/24 sobre los derechos de propiedad intelectual, y en particular por qué las fiestas privadas ya no deberán pagar por la reproducción de música. La controversia se refiere a cuándo corresponde la percepción de derechos de autor en las reproducciones de creaciones artísticas. Recordemos que la Ley 11.723 otorga un derecho de autor en las reproducciones públicas", comenzó diciendo.
Y más adelante manifestó: "La reglamentación afirmaba, previo al Decreto 765, que era reproducción pública cualquiera llevada a cabo fuera del hogar. Hay que recordar que esta norma se escribió en 1934 cuando los mecanismos para reproducciones públicas eran acotados (¿quizás el cine del pueblo?). Obviamente, esa definición necesitaba una actualización".
La defensa de la propiedad privada
En ese sentido, advirtió que el Decreto 765, al actualizar la reglamentación del artículo 33 de la ley de 1934, "cambia la definición de lo que es representación pública reemplazando la vieja –que la establecía como pública toda reproducción fuera del domicilio- por una más moderna que distingue entre ámbitos privado y público".
Sostuvo que "la gestión de derechos solo es válida si hay reproducción en ámbitos públicos. ¿Y cuándo sería pública una reproducción? El decreto lo define como aquella que se ejerce en lugares de acceso abierto, libre y para una pluralidad de personas".
Por dar algunos ejemplos, detalló que son públicas las reproducciones de música en lugares comerciales como restaurantes, bares, comercios o estadios. " Igual de obvio es que la reproducción de música es privada en un domicilio particular, en una habitación de hotel, o en una fiesta privada -aun si es en un salón contratado-, ya que no son espacios de acceso libre y abierto", agregó.
El ministro reiteró que en una fiesta privada no puede haber reproducción pública. "Por ende, no hay derecho a titular. Ergo, las fiestas privadas no se deben pagar", enfatizó.
Recordó también que la administración del presidente Javier Milei considera que "la propiedad privada es un pilar central de la construcción de una economía próspera y que esos derechos deben ser claramente establecidos y defendidos a ultranza, al punto tal que éste es el primer eje del Pacto de Mayo". Y concluyó sobre la definición de derechos que deben estar acordes a los tiempos y a las tecnologías actuales.
La norma gravita sobre un impuesto que asciende al 12% del costo total de la fiesta.
Julio Such, dueño del tradicional salón de fiestas de Neuquén 'Butaco' explicó que el porcentaje que pagaban hasta antes de este decreto a SADAIC y también a AADI CAPIF ascendía al 12% de la fiesta. "Pero no estamos hablando el 12% del costo del DJ, sino del costo total de la fiesta. Te cobran ese porcentaje sobre lo que salió el catering, la decoración, la organización, todo", sostuvo. "Es sanguinario", aseguró en diálogo con LMNeuquén.
Por tal motivo, celebró que el gobierno nacional haya modificado una norma que era de 1934, y que hacía muchos años que los organizadores de eventos y dueños de salones pedían que se cambie.
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