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Ficha Limpia al Congreso: el primer proyecto nacional del espacio de Rolando Figueroa

La Neuquinidad presentó el proyecto de la mano de la senadora Julieta Corroza y la diputada nacional Karina Maureira.

Tal como había comprometido durante la campaña electoral, La Neuquinidad -el espacio político que lidera el gobernador Rolando Figueroa- presentó en el Congreso de la Nación su primer proyecto de ley. Se trata de la Ficha Limpia, una iniciativa que existe a nivel provincial y que se considera importante replicar a escala nacional, para impedir que personas condenadas accedan a cargos públicos.

“Antes que termine el año queremos seguir honrando la palabra. Vamos a presentar en la Cámara de Diputados y en la Cámara de Senadores de la Nación el proyecto de Ficha Limpia. Esa Ficha Limpia que ya está aprobada en la provincia de Neuquén y que queremos que la República Argentina también la respete”, indicó el gobernador Figueroa, tras reunirse en la capital provincial con la senadora Julieta Corroza y la diputada nacional por Neuquén, Karina Maureira.

Al término del encuentro Corroza afirmó que la Ficha Limpia “es parte de nuestro modelo de gobierno en Neuquén, porque no solo tenemos que garantizar la responsabilidad de todos nuestros funcionarios sino también su transparencia”. Por su parte Maureira recordó que este era un compromiso de campaña: “Lo dijimos y cumplimos. Ficha Limpia llega al Congreso de la Nación porque Neuquén representa integridad y honestidad”, aseveró.

El gobernador Figueroa explicó que la iniciativa, que lleva la firma de ambas legisladoras nacionales, “toma aspectos de la que ya funciona en Neuquén” y recalcó, al respecto, que se trata de la “Ley más contundente y exigente del país”, ya que implica que nadie con antecedentes penales pueda acceder a una candidatura ni ser designado en un cargo de la función pública.

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Como parte de la política pública de tolerancia cero que ha sostenido desde su asunción la actual gestión provincial de gobierno, “se pretende incorporar nuevas herramientas que velen por el cumplimiento del principio de transparencia y la implementación de mecanismos para prevenir casos de corrupción, brindando una nueva mirada sobre los supuestos contemplados en el artículo 33 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos e introducir una limitación respecto a quienes pueden ser nombrados por el Poder Ejecutivo para desempeñar cargos públicos”.

Plantearon que es tiempo “de reformular viejos esquemas” y “erradicar los efectos nefastos que produce la corrupción”, consagrando supuestos de inhabilitación que resguarden no sólo el erario público sino también a la totalidad de los bienes jurídicos protegidos por el ordenamiento normativo. Argumentaron que el objetivo de este proyecto de ley es “elevar los estándares de integridad, transparencia y ética que la ciudadanía exige de sus representantes”.

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Están presentes la secretaria General de la Presidencia, Karina Milei, y el jefe de Gabinete, Manuel Adorni.

Están presentes la secretaria General de la Presidencia, Karina Milei, y el jefe de Gabinete, Manuel Adorni.

La propuesta de Ficha Limpia

En la elaboración del proyecto de ley tomaron como modelo la legislación sancionada en la Provincia del Neuquén, que se destaca por su rigurosidad y espíritu de avanzada en la materia. “Dicha normativa provincial constituye un precedente y un punto de referencia para promover, en el orden nacional, criterios homogéneos que refuercen la confianza ciudadana en las instituciones democráticas y aseguren que quienes ocupen cargos públicos lo hagan con la idoneidad moral y la probidad necesarias”.

A tal fin propusieron modificar el artículo 33 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, incorporando nuevos supuestos de inhabilitaciones:

• No podrán ser candidatos a cargos representativos ni partidarios quienes hayan sido condenados por delitos dolosos comunes o federales, en tanto cuenten con sentencia confirmada en segunda instancia o cuando haya quedado consentida si el condenado no hubiese interpuesto impugnación o recurso respectivo.

• Tampoco podrán serlo quienes hayan sido condenados por delitos previstos en el Título XI -Delitos contra la Administración Pública- del Libro Segundo del Código Penal.

• Ni los condenados tanto por delitos de Tráfico de Estupefacientes previstos en la Ley Nacional 23.737 como por delitos del Régimen Penal Tributario previstos en la Ley Nacional 27.430.

• También se incluye a quienes sean inhabilitados por juicio político u otro procedimiento constitucional o legalmente previsto para el impedimento, la expulsión, destitución, remoción e inhabilitación del cargo o la función pública.

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“Estos impedimentos que se pretenden introducir, establecen supuestos de inhabilidad para poder ser candidato y se enmarcan en la aptitud de la que gozan los Estados para reglamentar el derecho de sufragio pasivo, ello con el claro objetivo de tener candidatos y candidatas y en su caso representantes que exhiban los valores que como sociedad neuquina merecemos”, indicaron.

Siguiendo estos lineamientos, se propone en el ámbito de la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública -ley 25.188- impedir el ejercicio de la función pública en sus términos a quienes se encuentren comprendidos en alguno de los supuestos previstos en el artículo 33 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, ley 23.298.

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