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Harto de la ruidosa moto del vecino, fue a la Policía: adónde lo mandaron

Todo ocurrió en Cipolletti. El hombre acudió a una Comisaría por los ruidos molestos. Qué dice el Código de Faltas para estos casos.

Harta de los trastornos que le provocaba el rugido de motores de la casa de al lado, un vecino de Cipolletti fue a la Policía y expuso su padecimiento.

La presentación la formalizó el último miércoles en la Comisaría 24 del barrio Don Bosco.

Allí relató que sufre la molestia de los ruidos “producidos por la aceleración de sus vehículos y motovehículos”, y que lo hace “en diferentes momentos del día, lo que le impide descansar tanto de tarde como de madrugada”.

La denuncia fue girada al Juzgado de Paz local, cuya titular Gabriela Montorfano declaró que no era su competencia y envió el expediente al Juzgado de Faltas Municipal, al sostener que se trata de una infracción contemplada en el artículo 82 del Código de Faltas local, y que es en ese ámbito donde se debe resolver.

Qué dice el Código de Faltas

El artículo invocado por la Jueza de Paz aparece en el Título III, que se refiere a las “contravenciones a las normas que reglamentan la seguridad y el bienestar” y al capítulo sobre “la seguridad y bienestar general”.

Expresa que quien comete ruidos molestos de cualquier origen y que perturbe la tranquilidad o el reposo de la población, será castigado con una multa que va de 250 a 5.000 SAM (Sanción Administrativa Municipal).

Aclara que el carácter perturbador, molesto o perjudicial del ruido se presumirá “sin admitirse prueba en contrario” y en los casos en que fueran producidos por vehículos automotores “que no utilicen silenciadores o los posean en forma deficiente o insuficiente”.

También están incluidos los “motovehículos, triciclos, cuatriciclos y sidecar que no utilicen silenciadores o los posean en forma deficiente o insuficiente”.

Mientras que otro artículo, el 212, aborda la “falta, deficiencia y alteración del silenciador” y la “colocación de dispositivos antirreglamentarios”. En esos caso la pena será de 30 a 1.200 SAM.

Multas que duelen en el bolsillo

El SAM es la unidad de medida que utiliza el municipio para la aplicación de las multas.

Se fijó que cada SAM equivale a un litro de nafta súper de la YPF del ACA local.

Actualmente el litro de ese combustible ronda los 1.030 pesos en ese establecimiento. Por lo que, según esos valores, las sanciones arrancarían en los $30 mil y llegarían a superar los $5 millones.

Un caso similar en Cinco Saltos

En marzo último se conoció un incidente similar en Cinco Saltos. En ese caso actuó el Juzgado de Paz, ya que se trató de una falta contravencional contemplada como “molestias a terceros” e incluye aquellos hechos que afecten “la tranquilidad en la vía pública o lugares de acceso público”.

La denunciante presentó “prueba suficiente” para sostener su reclamo y el acusado, identificado como TEC, no negó su culpa, y en una audiencia realizada el último miércoles 5 de marzo requirió que le otorguen una suspensión de juicio a prueba, método alternativo de resolución de conflictos previsto en el Código Contravencional.

Para sostener su requerimiento, el imputado aseguró que “ya vendió el escape que producía el ruido molesto, que no lo volverá a hacer, ya que aprendió que no está bien realizar la conducta objeto de reproche y que su intención es no generar nuevas contravenciones”.

Además, en su relato le pidió disculpas a la vecina “en lo que le pudiera haber afectado”.

El titular del juzgado, Enzo Espejo aceptó el pedido del conductor y le concedió la suspensión del juicio a prueba con pautas de conducta que deberá cumplir por el término de seis meses.

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