Son cuatro infracciones que suman millones de pesos. La empresa tiene diez días para apelar el fallo.
La dirección provincial de Protección al Consumidor informó que aplicará una multa millonaria a un supermercado por exhibir golosinas en la línea de caja. El negocio acumula cuatro infracciones diferentes entre julio y diciembre del año pasado, por lo que deberá pagar millones de pesos si no presenta un nuevo recurso de apelación en los próximos diez días.
Según pudo conocer LMNeuquén, se trata del supermercado Coto, ubicado en calle Dr Ramón, que sigue exhibiendo alimentos ultraprocesados pese a que rige una ley que prohíbe ubicarlos cerca de la línea de cajas con el objetivo de promover hábitos más saludables entre los consumidores neuquinos.
Desde el área de Protección al Consumidor se informó que ejecutó la disposición de la multa pecuniaria a un supermercado de la ciudad capital, por incumplimiento a la Ley Nº 3.224 que prohíbe la exhibición de productos ultraprocesados en las líneas de cajas de cobro. En la actualidad, se transita el periodo de diez días con los que cuenta la firma comercial para presentar un recurso de apelación; si pasado ese tiempo la empresa no lo presenta, se espera que el pago de la multa se realice de manera voluntaria o se deba recurrir a Fiscalía.
La multa que deberá afrontar el supermercado suma millones de pesos entre las cuatro actas de infracción que se le confeccionaron en distintas oportunidades, durante el periodo de julio a diciembre de 2.022. "Cabe mencionar que la Justicia recientemente rechazó la acción de inconstitucionalidad a esta ley que el supermercado presentó el año pasado", indicaron desde la Dirección.
El organismo provincial, que es autoridad de aplicación de esta ley, realiza de manera permanente inspecciones en comercios de pequeñas y grandes superficies para corroborar y verificar el debido cumplimiento de las normativas vigentes, que resguardan los derechos de la ciudadanía como consumidores de bienes y servicios.
Qué dice la ley por la que Coto recibió una multa
La Ley Nº 3.224 indica que en un radio de tres metros -contados desde la línea de cajas y/o salida- no debe haber productos ultraprocesados. Inspectores de Consumidor visitan los comercios en toda la provincia para advertir del alcance de la norma, y las sanciones que correspondan por incumplimiento. Para las multas por esta infracción, se toma la referencia de 0,5 a 2.100 canastas básicas Hogar 3 (estipulado por INDEC).
La ley neuquina tiene por objetivo disminuir la incidencia del sobrepreso, obesidad y otras enfermedades, y propone que en ese sector de los comercios pongan otro tipo de productos que no colaboren justamente con sumar a último momento de la compra, alimentos no saludables. Pero, muy por el contrario en este supermercado los neuquinos pueden sumar antes de pagar su compra bombones, caramelos, pastillas azucaradas, turrones dulces y todo tipo de clase de chocolates.
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