Se confirmó en el Boletín Oficial. Los productos no cuentan con las autorizaciones sanitarias necesarias para su distribución.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) confirmó en el Boletín Oficial de este jueves la disposición Disposición 8833/2024. Esta disposición prohibió la "elaboración, fraccionamiento y comercialización" en todo el país de una marca de miel, una de maíz inflado, varios productos en escabeche y un repelente de mosquitos.
Sobre la marca de miel, ANMAT dispuso la prohibición de la marca "Miel de Abeja multifloral marca El Colmenar", en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento. El artículo carecía de un número Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) y Registro Nacional de Establecimiento (RNE) existente y vigente.
Ambos son certificados que emiten las autoridades sanitarias para certificar que un producto es apto para su distribución y consumo por el público general. Teniendo en cuenta que la marca del miel no muestra estos números de registros, en el Boletín Oficial afirman que se encuentra "falsamente rotulado".
En segundo lugar, la marca de maíz inflado tampoco cuenta con un número de RNPA, y, además, el alimento se presentaba con el símbolo "Sin T.A.C.C" sin contar con la autorización correspondiente para tal atributo.
La Administración nacional restringió cinco conservas de productos al escabeche de la misma marca. Los escabeches de tararira, dorado, nutria, carpincho y nutria marca "El Abuelo". Dichos alimentos carecían de los registros sanitarios de establecimiento y producto.
Además de los alimentos, la ANMAT prohibió el repelente de insectos marca MOS OUT, en todos sus lotes, presentaciones y vencimientos. El Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal detectó que los datos del producto no correspondían a un repelente inscrito ante la ANMAT, por lo que la prohibición se establece para "proteger a los usuarios".
"Se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración", establecieron. Afirmaron que en consecuencia, "no es posible brindar garantías acerca de su eficacia, seguridad, y/o formulación con ingredientes permitidos por la normativa vigente aplicable".
ANMAT prohibió insumos médicos de primera necesidad: de cuáles se trata
ANMAT prohibió la venta, comercialización y distribución en todo el país de un tornillo médico falsificado para implantes y de una serie de tensiómetros con irregularidades.
Así quedó plasmado en las Disposiciones 8616/2024 y 8864/2024 publicadas este jueves en el Boletín Oficial. Allí se advierte que los productos vedados no cumplen con los estándares de calidad requeridos y son, por lo tanto, potencialmente perjudiciales para la salud de quienes los utilicen.
El primer caso que llevó a la intervención de la ANMAT tuvo lugar en Córdoba, donde se descubrió un tornillo médico falsificado. Este producto es el "Tornillo Kurosaka ø6X30MM Titanio", utilizado comúnmente en intervenciones quirúrgicas para la fijación de ligamentos, como en cirugías de rodilla.
ANMAT advirtió que el uso de productos médicos falsificados representa un grave peligro para la salud de los pacientes. En este caso particular, un tornillo quirúrgico que no cumple con las normas de calidad puede provocar complicaciones durante una cirugía, infecciones o incluso el fallo del implante. Debido a estos riesgos, el organismo tomó la decisión de prohibir la comercialización y uso del tornillo Kurosaka falsificado en todo el país.
En tanto, la Anmat también prohibió la venta y uso de una serie de tensiómetros de la marca ALP-K2 debido a irregularidades en su documentación y procedencia. Los tensiómetros son dispositivos esenciales para medir la presión arterial, y su correcto funcionamiento es fundamental para garantizar diagnósticos precisos.
Te puede interesar...
Lo más leído
Dejá tu comentario