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Ayuda para desempleados de hasta $286.711 en febrero 2025: cómo y quiénes pueden cobrarlo

ANSES pagará una Prestación por Desempleo a un grupo de personas. El monto a cobrar dependerá de los aportes realizados. Entérate cómo ser beneficiario.

Desde la ANSES se informó que durante febrero continuará el pago de la Prestación por desempleo para aquellas personas que se encuentren desempleadas o hayan sido despedidas sin justa causa.

En cuanto a la cifra que percibirá cada titular dependerá de una serie de requisitos y circunstancias al momento del despido. Sobre los requisitos para cobrar la asistencia habrá que considerar si se trata de trabajadores permanentes o eventuales y de temporada.

En el primer caso, deberán tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato. En tanto que, en el segundo de los casos, la condición será haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año antes de la finalización del trabajo.

Anses. Desempleo. Dinero.jpg

Prestación por Desempleo: cuánto podés cobrar y por cuánto tiempo

El monto según informó la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) depende del salario previo y los aportes realizados.

En 2025, con la actualización a $286.711 del Salario Mínimo Vital y Movil (SMVM), los valores a cobrar son:

  • Monto mínimo: 50% del Salario Mínimo Vital y Movil.
  • Monto máximo: 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil, es decir, $286.711.

La cantidad de meses que se puede cobrar la asistencia económica dependerá de los aportes realizados. A continuación, detallamos por cuánto tiempo podés cobrar la Prestación:

  • Por 2 meses: si tenés de 6 a 11 meses de aportes.
  • Por 4 meses: si tenés de 12 a 23 meses de aportes.
  • Por 8 meses: si tenés de 24 a 35 meses de aportes.
  • Por 12 meses: si tenés 36 o más meses de aportes.

Para realizar el trámite de Prestación por Desempleo de ANSES es necesario presentar el telegrama de despido, carta documento, notas de despido no firma certificada del empleador.

En tanto que, una vez reunida la documentación, el trámite se inicia en la web de anses.gob.ar con el CUIL y clave de la Seguridad Social. También se puede realizar en una oficina del organismo nacional con un turno previo que se solicita en anses.gob.ar/turnos.

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