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La Mañana blanqueo

Blanqueo: que estará permitido y que no por la prórroga

La postergación de plazos por un mes de las diferentes etapas del blanqueo de capitales que anunció el Gobierno tiene algunos puntos que los contribuyentes deben prestar atención.

El Gobierno anunció la prórroga de la primera etapa del blanqueo del 30 de septiembre al 31 de octubre de 2024, tras insistentes reclamos de bancos y estudios contables en las últimas semanas, ante la alta demanda de personas que querían abrir cuentas especiales.

En ese sentido, el CEO SDC Asesores Tributarios, Sebastían Domínguez, indicó que quienes hayan depositado dinero en efectivo en las cuentas CERA (Cuenta Especial de Regularización de Activos) o lo hagan en los próximos días hasta el 30 de septiembre, "podrán retirarlo a partir del 1 de octubre de 2024 como estaba originalmente previsto".

No obstante, aclara que "si optan por el retiro, la consecuencia es que no podrían continuar blanqueando dinero en efectivo".

¿Qué implican estos anuncios en la práctica?

El asesor tributario señala que "para poder dar una opinión definitiva, resulta necesario conocer la letra de las normas que aún no han sido publicadas en el Boletín Oficial".

Se detallan algunas cuestiones relevantes, basadas exclusivamente en los anuncios:

  • Se podrá depositar efectivo y/o transferir dinero del exterior en los casos en que puede hacerse hasta el 31 de octubre. Es decir, ya no es necesario apurarse a depositar en estos días hasta fin de mes el dinero en efectivo.

  • A partir del 1º de octubre se podrá retirar el dinero que se haya depositado en las cuentas CERA hasta el 30 de septiembre.

  • Quienes opten por esta alternativa no podrán continuar blanqueando efectivo durante octubre. Esto es importante porque había personas que depositaron el dinero pensando en retirarlo a principios de octubre. Con esta medida, no se cambian las reglas de juego para esos casos.

  • La opción por el Régimen Especial de Ingreso de Bienes Personales (REIBP) de los bienes blanqueados se prorroga al 30/10/2024 junto al pago anticipado del 75%.

  • La presentación de la Declaración Jurada y el pago del saldo restante vencerá con posterioridad, de acuerdo a la fecha en que se determine que venza la presentación de la Declaración Jurada de la primera etapa del blanqueo.

  • No se ha anunciado prórroga respecto a la presentación de la Declaración Jurada del REIBP de los bienes declarados y el pago del saldo restante. En consecuencia, esta obligación continúa, por ahora, venciendo el 30 de septiembre..

"Entendemos que el Gobierno también debería prorrogar a fines de octubre el vencimiento de la Declaración Jurada del REIBP de los bienes declarados y el pago del saldo restante, debido a que entre agosto y septiembre se han acumulado muchas obligaciones de pago por parte de los contribuyentes: Ganancias y Bienes Personales 2023, 75% del REIBP de los bienes declarados, IVA e Ingresos Brutos mensuales, entre otros", señaló Domínguez.

Por otro lado, señala que "en nuestra opinión esta prórroga es acertada y debía, incluso, haberse anunciado con anterioridad".

"La demora en la reglamentación y situaciones que aún están poco claras contribuyen a que haya contribuyentes que no se decidan por ingresar siendo que el blanqueo es una oportunidad de borrón y cuenta nueva que favorece a contribuyentes y que puede favorecer la reactivación económica y generar una mayor recaudación a futuro porque se declaren las rentas de los bienes blanqueados, se destinen a inversiones, consumo, etc", plantea el tributarista.

Además, consideró que "es importante que se utilice esta prórroga para resolver las cuestiones conflictivas que se presentan en la interpretación de las normas".

"Asimismo, entre otras cuestiones, es importante destacar que el blanqueo de dinero en efectivo está siendo muy exitoso y podría incluso superar a los depósitos de efectivo realizados en el blanqueo del Gobierno de Macri", anticipó Domínguez.

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