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La Mañana Lucio Dupuy

Caso Lucio Dupuy: ratifican la prisión perpetua y agravan la acusación

Tanto la madre del pequeño como su pareja fueron declaradas culpables, pero el Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa agravó la carátula de la progenitora.

El Tribunal de Impugnación Penal (TIP) de Santa Rosa confirmó este martes las condenas a prisión perpetua para Magdalena Espósito Valenti y Abigail Páez por el homicidio de Lucio Abel Dupuy, cometido en 2021 en la ciudad pampeana, y a su vez, le agregó a la primera de ellas, madre de la víctima, el delito de abuso sexual, informaron fuentes judiciales.

“Es una caricia al alma. Por lo menos algo se logró con esta lucha constante y permanente para que Lucio tenga su justicia. Pero todavía no podemos decir que esté la justicia completa, ya que para que eso ocurra, se tiene que agregar el crimen de odio”, explicó a Télam Ramón Dupuy, abuelo paterno de la víctima.

Para el hombre, con este fallo, “se logró reparar algo de lo que vivió Lucito”, al tiempo que agradeció el trabajo de su abogado José Mario Aguerrido. El letrado por su parte indicó que “logramos reconstruir lo que pasó, quiénes lo hicieron y qué hicieron. Quizás la falta de móvil nos sigue acercando cada vez más al odio de género como tal, pero estamos más conformes que con el fallo del juicio oral”.

El fallo fue adoptado por la Sala A del TIP, conformada por los jueces María Eugenia Schijvarger y Mauricio Piombi, acompañados por la secretaria María Elena Grégoire; quienes aceptaron todos los planteos de la fiscalía, admitió parcialmente los de la querella y rechazó los cuestionamientos de las defensas de las imputadas, que habían sido condenadas a la pena máxima el 17 de febrero pasado.

En el debate, la Audiencia de Juicio había hallado culpable a Espósito Valenti, la mamá de Lucio, de "homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento", y a Páez de "homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento, en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente, como delito continuado".

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Lucio Dupuy fue asesinado el 26 de noviembre de 2021 en Santa Rosa.

Lucio Dupuy fue asesinado el 26 de noviembre de 2021 en Santa Rosa.

El tribunal había absuelto a Espósito Valenti de la acusación de abuso sexual por el beneficio de la duda. Ahora, el TIP informó en un comunicado que, además de confirmar la calificación de homicidio, le agregó "en concurso real" a la madre de la víctima el "abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realización, con acceso carnal".

En los recursos de impugnación, las fiscales María Mónica Rivero y Verónica Ferrero consideraron que la Audiencia de Juicio valoró erróneamente una serie de pruebas y sostuvieron que sí se probaron los abusos sexuales, en el ámbito intrafamiliar, por parte de ambas.

El comunicado agrega que después de valorar las pruebas reunidas durante el juicio oral, escuchar las declaraciones testimoniales, ver filmaciones de las cámaras del lugar y leer y oír los mensajes entre las acusadas, los jueces Schijvarger y Piombi concluyeron que "efectivamente Espósito Valenti también abusó del pequeño, ya que por el horario de la muerte indicado por el médico forense, situó a ella en el departamento al momento en que ocurrieron tanto los golpes que terminaron siendo mortales, como la agresión sexual".

Adicionalmente, valoraron que las conclusiones de la autopsia revelaron que el niño también fue agredido sexualmente durante las semanas previas al 26 de noviembre.

juicio lucio dupuy

Con respecto al recurso del querellante particular José Mario Aguerrido - en nombre del padre de Lucio, Christian Dupuy-, el TIP le dio la razón al sumarle el abuso sexual a la madre; pero le denegó un cuarto agravante, el de "odio de género", por entender que los testimonios de las psicólogas en el debate fueron "muy claros" al respecto.

Por último, las defensoras oficiales María Silvina Blanco Gómez y Alejandra Moyano González - quien reemplazó en este tramo del proceso a Pablo De Biasi, quien asumió como juez contravencional -, en representación de Páez y Espósito Valenti, respectivamente, habían planteado que existió una actividad procesal defectuosa.

Según el comunicado, las defensas señalaban que hubo anomalías en la realización de una biopsia y en las conclusiones de las entrevistas efectuadas por psicólogas y psiquiatras a las imputadas, en la prisión de San Luis donde permanecen alojadas. Además, habían afirmado que era inconstitucional que, en el fallo, no se fijará la cantidad de años que significa la prisión perpetua.

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