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La Mañana Cristina Fernández de Kirchner

Cuáles son las causas por las que Cristina Fernández de Kirchner irá a juicio

El máximo tribunal penal ordenó reabrir los casos y dispuso que se enfrente al juicio oral. También determinó apartar a los jueces que habían sobreseído a todos los acusados.

La Cámara Federal de Casación reabrió el caso Hotesur-Los Sauces y ordenó que la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner y su hijo, Máximo Kirchner, enfrenten un juicio oral en el que serán investigados por sus negocios hoteleros. Por otro lado, el tribunal penal anuló el sobreseimiento en la causa por el memorándum con Irán, que tiene a la expresidenta y varios funcionarios del kirchnerismo como acusados, y ordenó realizar el juicio oral.

La causa Hotesur es por presunta asociación ilícita y lavado de dinero en el alquiler de propiedades y hoteles pertenecientes a la familia Kirchner. Se busca determinar si la vicepresidenta recibió dinero de las empresas de Lázaro Báez y Cristóbal López como retorno por los negocios que ambos empresarios realizaron en el marco de sus cercanías con el kirchnerismo.

Cuando el fiscal Gerardo Pollicita envió a juicio el caso sostuvo que los imputados “elaboraron un sistema destinado a transferir y disimular parte de las ganancias que se encontraban en poder de los empresarios, a los propios expresidentes (en referencia a Néstor y Cristina Kirchner) y a su núcleo familiar, a través de préstamos, compra de propiedades, alquiler de los distintos complejos hoteleros de su propiedad, construcción de mejoras en dichos establecimientos y alquiler de propiedades”.

En tanto, Florencia Kirchner quedó sobreseída dado que cuando se constituyeron las sociedades investigadas "ella tenía doce años", por lo que el proceso judicial involucra a Cristina y Máximo.

Causa Hotesur.jpg

De todos modos, el inicio de este juicio podría demorarse ya que las defensas pueden apelar el fallo de Casación a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Velasco, fiscal ante el Tribunal Oral conformado por Obligado, Grünberg y Palliotti, habló de la "gravedad institucional" de la decisión de los dos jueces que "con un simple análisis dogmático", sin valorar pruebas, "devastó" años de investigación, sin posibilidad de debatir en juicio frente a la sociedad.

Memorándum con Irán

La Cámara también ordenó que se realice un enjuiciamiento oral en la causa por el memorándum con Irán, en donde la exmandataria está acusada de encubrimiento del atentado a la AMIA.

Inició en enero de 2015 con la denuncia que presentó el fiscal Alberto Nisman. Sostuvo que con la firma del memorándum entre Argentina e Irán se buscó encubrir a los acusados del atentado a la AMIA porque hacía caer las alertas rojas de Interpol de detención que pesaban sobre ellos.

"Los defectos de fundamentación en que incurrió el tribunal a quo afectan la garantía constitucional de defensa en juicio que asiste a los recurrentes y, de conformidad con el estándar de arbitrariedad definido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), justifican la invalidación de la resolución recurrida", se sostuvo en el fallo sobre esta causa.

Familiares víctima de la AMIA
Familiares de las víctimas del atentado a la AMIA apelaron y reclamaron que se haga el juicio oral.

Familiares de las víctimas del atentado a la AMIA apelaron y reclamaron que se haga el juicio oral.

Un tribunal oral había dictado el sobreseimiento de Cristina Kirchner y el resto de los acusados en esos dos expedientes. Pero la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) y familiares de las víctimas del atentado a la AMIA apelaron y reclamaron que se haga el juicio oral.

Las defensas se opusieron y eso se venía debatiendo desde hace más de un año en Casación, con la jueza Ana María Figueroa, quien cumplió 75 años el 9 de agosto y fue cesada en sus funciones por la Corte Suprema.

La decisión recae sobre Cristina Kirchner, Eduardo Antonio Zuain, Carlos Alberto Zannini, Oscar Isidro Parrilli, Angelina María Esther Abbona, Juan Martín Mena, Andrés Larroque, Luis Ángel D´Elía, Fernando Esteche, Jorge Alejandro Khalil y Ramón Héctor Allan Bogado.

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