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La demanda millonaria de un hombre que se "amputó" un dedo en un colectivo: qué dijo la Justicia

El hombre se presentó en la Justicia para reclamar un monto millonario. Cómo fue el accidente.

Un fallo dictado por la Justicia revisó la indemnización otorgada a un pasajero que sufrió la amputación traumática de parte de un dedo durante un viaje en micro. El tribunal de apelaciones confirmó la responsabilidad de la empresa de transporte y de la aseguradora, aunque decidió reducir el monto fijado por daño moral.

El caso se originó tras un accidente ocurrido en junio de 2015, cuando un joven de 27 años, psicólogo y residente en un hospital platense, sufrió la pérdida de la falange distal del dedo anular izquierdo al manipular el asiento de la unidad. El episodio derivó en atención médica inmediata y en una cirugía reconstructiva.

La pericia médica posterior determinó una incapacidad parcial y permanente del 1%. A partir de esa evaluación comenzó un proceso judicial que se extendió durante varios años y que terminó con una revisión de la indemnización en segunda instancia.

El accidente en el colectivo y la demanda judicial

El hecho ocurrió durante un viaje en transporte público dentro de la ciudad de La Plata. Según consta en el expediente judicial, el pasajero manipuló el mecanismo del asiento y sufrió un accidente que provocó la amputación traumática de una parte del dedo.

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El tribunal evaluó las secuelas físicas tras la lesión en el dedo del pasajero, ocurrida al intentar reclinar el asiento del micro.

El tribunal evaluó las secuelas físicas tras la lesión en el dedo del pasajero, ocurrida al intentar reclinar el asiento del micro.

Tras el episodio, el joven recibió atención médica de urgencia y luego debió atravesar una intervención quirúrgica reconstructiva. Los estudios posteriores indicaron que la lesión dejó una cicatriz mínima y una incapacidad permanente leve, estimada en un uno por ciento.

A partir de esa situación, el afectado inició una demanda por daños y perjuicios contra la empresa de transporte y contra la aseguradora que brindaba cobertura al servicio.

El planteo se apoyó en el régimen de responsabilidad objetiva del transporte, que establece una obligación de seguridad para los pasajeros. Bajo ese principio jurídico, la empresa transportista debe garantizar condiciones adecuadas durante el viaje.

En primera instancia, el Juzgado Civil y Comercial número 16 de La Plata consideró acreditada la lesión y aceptó el reclamo del pasajero.

La sentencia inicial y el reclamo de la empresa

El fallo original estableció una indemnización por dos conceptos principales. Por un lado, el juez fijó una compensación de $1.500.000 por lesiones físicas. Por otro, dispuso un resarcimiento de $2.000.000 por daño moral, ambos montos con actualización e intereses.

La sentencia también impuso el pago de las costas judiciales a la empresa de transporte y a la aseguradora.

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En el juicio, la exempleada no logró probar jornadas excesivas ni pagos fuera de registro.

En el juicio, la exempleada no logró probar jornadas excesivas ni pagos fuera de registro.

Sin embargo, la decisión fue apelada por la defensa de las compañías involucradas. Los abogados sostuvieron que la indemnización resultaba excesiva en relación con la gravedad de la lesión.

Según ese planteo, la secuela física se limitaba a una cicatriz mínima y no generaba limitaciones permanentes relevantes en la vida personal o profesional del demandante.

La defensa también indicó que el joven retomó sus actividades habituales poco tiempo después del accidente en el micro. De acuerdo con la documentación médica presentada en el expediente, el período de recuperación fue breve y permitió la reanudación de la residencia hospitalaria. Con esos argumentos, la empresa y la aseguradora solicitaron una reducción del monto fijado por daño moral.

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