Reforma laboral: cómo funcionará el nuevo fondo para la indemnización y los cambios en el cálculo
El proyecto oficial incluye la posibilidad de implementar dos mecanismos para cubrir los costos ante despidos.
Tras varias semanas de espera, el Gobierno nacional envió al Congreso el proyecto de reforma laboral para que sea tratado en sesiones extraordinarias. La iniciativa, que ingresó a través del Senado, tiene 79 páginas y detalla todos los cambios que el oficialismo pretende introducir en la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo, la columna vertebral de la legislación laboral nacional.
"La reforma laboral propuesta tiene por objeto modernizar el régimen de empleo en Argentina a través de reglas claras y previsibles, que desalienten la judicialización y permitan el desarrollo de relaciones más ágiles y acordes a las dinámicas productivas actuales", indicó la Casa Rosada en una síntesis enviada a la prensa.
Uno de los puntos centrales de este ambicioso proyecto es bajar los costos de los despidos. Para esto, el texto incluye dos tipos de fondos cuya finalidad es financiar total o parcialmente las indemnizaciones. Uno de ellos es el Fondo de Cese Laboral (FCL) y el otro es el Fondo de Asistencia Laboral (FAL).
Cómo funciona el Fondo de Cese Laboral incluido en el proyecto oficial
Este mecanismo no es nuevo. El Gobierno ya lo había incluido en la denominada Ley Bases. El sistema, que ya se usa en el rubro de la construcción, reemplaza a la indemnización por despido tradicional por un fondo que se nutre de aportes mensuales que el empleador realiza durante toda la vigencia de la relación laboral. Al finalizar el vínculo, el trabajador accede al fondo acumulado como forma de compensación económica. Su implementación no solo se limita a los despidos sin causa. También puede ser usado en caso de que el empleado renuncie.
La iniciativa aclara que no se trata de una prestación adicional ni de una obligación impuesta por el empleador, sino de un régimen especial que requiere acuerdos explícitos y consensuados. Para sustituir la indemnización por antigüedad prevista en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) por un Sistema de Cese Laboral, debe haber un entendimiento entre cada sindicato y las correspondientes cámaras empresarias del sector.
En esta modalidad, los pagos se realizan directamente al trabajador al momento de la extinción de la relación laboral. El convenio colectivo debe definir con claridad las condiciones, montos, y modalidades de los pagos, asegurando un proceso transparente y previsible. Además, una vez realizado el desembolso a través de este sistema, se considera que el empleador cumplió totalmente con sus obligaciones, evitando futuros reclamos.
Qué es el Fondos de Asistencia Laboral (FAL)
Otro sistema de indemnización incluido en la reforma es el Fondo de Asistencia Laboral. En este caso, el empleador crea una cuenta propia donde donde irá depositando todos los meses el equivalente a 3 puntos del porcentaje que habitualmente deposita en ANSES para la jubilación del trabajador.
Estos fondos funcionan como respaldo ante despidos en el sector privado. El dinero acumulado se utilizará para cubrir total o parcialmente las indemnizaciones. De esta manera, parte del costo quedará prefinanciado mediante aportes mensuales que reemplazan una proporción del aporte habitual al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Los empleadores que integren el FAL accederán a una reducción de tres puntos en las contribuciones patronales al SIPA, condicionada al cumplimiento de los pagos mensuales exigidos. La normativa prevé sanciones para empleadores que usen de forma indebida los recursos o elijan entidades donde tengan participación accionaria. Su fiscalización estará a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (ARCA), la CNV, ANSES y el Ministerio de Capital Humano.
Cambios en el cálculo de las indemnizaciones, otra polémica de la reforma laboral
El proyecto reescribe el artículo 245 de la Ley de Contrato del Trabajo y redefine la fórmula para determinar indemnización del trabajador en caso de despido sin causa. Se mantiene la regla general de un mes de sueldo por año trabajado, pero introduce cambios de fondo. Entre ellos, se establece que no tendrán incidencia en el cálculo del salario base los conceptos de pago no mensuales como el aguinaldo, vacaciones o premios que no sean de pago mensual.
La indemnización queda sujeta a un tope máximo equivalente a tres veces el salario promedio del convenio aplicable, excluida la antigüedad. Y nunca podrá ser inferior a un sueldo completo.
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