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La Mañana reforma laboral

Reforma laboral: entró en vigencia y esto es lo que cambia con respecto a las indemnizaciones por despido

La ley de Modernización Laboral aprobada por el Congreso introduce cambios en el cálculo indemnizatorio, pagos en cuotas y nuevos mecanismos de compensaciones.

Con mayor respaldo del esperado y pese a alguna demora autoinfligida, el Gobierno logró aprobar en el Congreso la reforma laboral. El denominado proyecto de Modernidad Laboral introduce varios cambios en la Ley de Contrato de Trabajo. Y uno de los puntos modificados más sensibles es el relacionado con las indemnizaciones.

La nueva ley modifica la forma de calcular la compensación económica que un trabajador debe recibir en caso de un despido sin causa. También introduce la posibilidad de pagos en cuotas, la anulación de juicios posteriores al cobro y nuevos mecanismos que reemplazan a las indemnizaciones clásicas.

Cómo se calcularán ahora las indemnizaciones

Si bien se mantiene el criterio tradicional de un mes de sueldo por año trabajado, tomando el más alto de los últimos doce meses, solo se utilizará el salario básico para el cálculo, eliminando conceptos de pago no mensuales como el aguinaldo, vacaciones o premios que no sean de liquidación mensual. El objetivo de este punto es bajar el costo de los despidos, ya que en la práctica reduce el monto final a percibir.

despido
El nuevo cálculo de las indemnizaciones deja afuera a todos los pagos que no sean mensuales.

El nuevo cálculo de las indemnizaciones deja afuera a todos los pagos que no sean mensuales.

Además, se fijan algunos topes mínimos y máximos. La indemnización no podrá superar tres veces el salario promedio establecido en el convenio colectivo aplicable. A su vez, no deberá ser inferior al 67% de la remuneración mensual habitual ni menor a un mes de sueldo.

Indemnizaciones en cuotas y fin a los reclamos legales

Otra novedad es la posibilidad de abonar las indemnizaciones fijadas por sentencia judicial en cuotas: hasta seis pagos mensuales para grandes empresas y hasta doce para micro, pequeñas y medianas empresas. Esas cuotas se ajustan por inflación y devengan un interés adicional del 3% anual.

También se establece que la indemnización será la única reparación posible, cerrando la puerta a reclamos civiles adicionales, con excepción de eventuales delitos penales. Es decir, una vez percibida la suma correspondiente, el trabajador no podrá iniciar nuevas acciones civiles o laborales por el mismo hecho. Así, se busca combatir la llamada “industria del juicio”.

Despido. Trabajador
Las empresas podrán pagar indemnizaciones en cuotas, con actualización por inflación y un plus de 3% anual.

Las empresas podrán pagar indemnizaciones en cuotas, con actualización por inflación y un plus de 3% anual.

Qué es el Fondo de Cese Laboral, que puede reemplazar a las indemnizaciones

La reforma aprobada contempla dos nuevos mecanismos que pueden reemplazar a la indemnización tradicional.

Uno de ellos es el Fondo de Cese Laboral. Se trata de un sistema que ya se usa en el rubro de la construcción y que crea un fondo que se nutre de aportes mensuales que el empleador realiza durante toda la vigencia de la relación laboral.

Al finalizar el vínculo, el trabajador accede al fondo acumulado como forma de compensación económica. Su implementación no solo se limita a los despidos sin causa. También puede ser usado en caso de que el empleado renuncie.

De todos modos, debe ser incluido en los convenios colectivos. En ese sentido, se aclara que no es una prestación adicional ni de una obligación impuesta por el empleador, sino de un régimen especial que requiere acuerdos explícitos y consensuados. Para sustituir la indemnización por antigüedad prevista en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) por un Sistema de Cese Laboral, debe haber un entendimiento entre cada sindicato y las correspondientes cámaras empresarias del sector.

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El Senado aprobó la reforma laboral con 42 votos a favor, 28 en contra y una abstención.

El Senado aprobó la reforma laboral con 42 votos a favor, 28 en contra y una abstención.

El Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el otro sistema de indemnizaciones incluido en la Reforma Laboral

En este sistema, el empleador crea una cuenta propia donde irá depositando todos los meses el equivalente a 3 puntos del porcentaje que habitualmente deposita en ANSES para la jubilación del trabajador. Estos fondos funcionan como respaldo ante despidos en el sector privado.

El dinero acumulado se utilizará para cubrir total o parcialmente las indemnizaciones. De esta manera, parte del costo quedará prefinanciado mediante aportes mensuales que reemplazan una proporción del aporte habitual al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Los empleadores que integren el FAL accederán a una reducción de tres puntos en las contribuciones patronales al SIPA, condicionada al cumplimiento de los pagos mensuales exigidos. La normativa prevé sanciones para empleadores que usen de forma indebida los recursos o elijan entidades donde tengan participación accionaria. Su fiscalización estará a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (ARCA), la CNV, ANSES y el Ministerio de Capital Humano.

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