Sueldo empleados de comercio noviembre 2024: cuánto cobra cada categoría
El gremio que nuclea a los empleados de comercio dio a conocer la nueva escala salarial. ¿Cuál es el sueldo de un trabajador del sector en noviembre de 2024?
El 24 de octubre de 2024 fue un día más que significativo para los empleados de comercio. ¿Por qué? En esa jornada, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) acordó las nuevas paritarias con la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Cámara Argentina de Comercio (CAC) y la Unión de Entidades Comerciales (Udeca). ¿Cuál es el sueldo de un trabajador del sector en noviembre de 2024?
Cabe resaltar que en ese acuerdo se pautó un aumento salarial del 8% no remunerativo: un 4,25% para el mes de octubre de 2024 y un 3,75% para el mes de noviembre de 2024. Sobre ese aumento se abonan los adicionales de antigüedad, presentismo y, asimismo, es considerado para el SAC (Sueldo Anual Complementario, o aguinaldo).
La escala salarial de los empleados de comercio establece en noviembre de 2024 sueldos mensuales que oscilan entre 855.620 y 906.452 pesos, dependiendo de la categoría laboral y las tareas que realice el trabajador.
En noviembre de 2024, la tabla salarial que nuclea a los empleados de comercio presenta el siguiente esquema de acuerdo a las escalas de ingresos según puesto y categoría:
Maestranza y Servicios
- Categoría A $855.620
- Categoría B $858.097
- Categoría C $866.775
Administrativo
- Categoría A: $864.918
- Categoría B: $868.640
- Categoría C: $872.357
- Categoría D: $883.516
- Categoría E: $892.810
- Categoría F: $906.452
Cajeros
- Categoría A: $868.016
- Categoría B: $872.357
- Categoría C: $877.930
Personal auxiliar
Auxiliares generales
- Categoría A: $868.016
- Categoría B: $874.210
- Categoría C: $894.674
Auxiliares especiales
- Categoría A: $875.458
- Categoría B: $886.615
Vendedores
- Categoría A: $868.016
- Categoría B: $886.617
- Categoría C: $892.814
- Categoría D: $906.452
En cuanto a la antigüedad, es del 1 por ciento por año trabajado y deberá aplicarse a las cifras remunerativas y no remunerativas.
En el punto segundo del acuerdo paritario mencionado más arriba, se destaca que el incremento del 8% se comenzó a efectivizar en forma de asignación no remunerativa (art. 6, ley 24.241), en su valor nominal y no acumulativamente, de acuerdo con el siguiente esquema: un 4,25% a partir del mes de octubre de 2024 y un 3,75% a partir del mes de noviembre de 2024.
Además, se añade que todos los incrementos porcentuales se liquidan conforme las escalas básicas convencionales correspondientes al mes de septiembre de 2024 con más los incrementos de carácter no remunerativos a dicha fecha.
Asimismo, en el punto tercero del Acuerdo Salarial suscripto por FAECyS, se enfatiza que el acuerdo colectivo tendrá vigencia desde el 1 de octubre de 2024 y hasta el 30 de abril de 2026.
En tanto, en el punto cuarto se convino que las partes firmantes asumen el compromiso de reunirse en el mes de diciembre de 2024, a iniciativa de cualquiera de ellas, a fin de analizar las escalas salariales convencionales, sumas, porcentajes, atento a las variaciones económicas que podrían haber afectado a dichas escalas.
Las autoridades del gremio de los empleados de comercio manifestaron que el acuerdo alcanzado a fines de octubre fue un paso importante para asegurar el poder adquisitivo de los trabajadores en un contexto económico complejo. Y que de esa manera los salarios no se vean superados por la inflación.
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