Declararon culpable a un hombre por abusar de un niño
La Justicia consideró probado que los hechos ocurrieron en un ámbito familiar y descartó que el relato de la víctima haya sido inducido.
Un hombre fue declarado culpable por abusar sexualmente de un niño de su entorno cercano, tras un juicio en el que la fiscalía logró acreditar los hechos a partir del testimonio de la víctima y otros elementos de prueba. Para el tribunal, no hubo señales de que el relato del niño haya sido influenciado por terceras personas.
El debate se desarrolló durante dos jornadas, los días 19 y 20 de mayo, y la decisión fue tomada por unanimidad. El acusado, identificado por sus iniciales como M.M.O.V., fue declarado penalmente responsable por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, bajo la figura de delito continuado.
Durante el juicio, el fiscal del caso Hernán Scordo sostuvo que los hechos ocurrieron en momentos en los que el imputado tenía a su cuidado al niño. Según la acusación, las situaciones de abuso se repitieron en el tiempo y fueron aumentando en gravedad hasta llegar a un hecho de acceso carnal.
Uno de los puntos centrales del caso fue el vínculo entre el condenado y la víctima. El tribunal entendió que esa relación colocaba al niño en una situación de mayor vulnerabilidad, ya que los episodios se produjeron dentro de un ámbito familiar y de confianza.
Para la fiscalía, ese contexto fue clave para explicar cómo se desarrollaron los hechos y por qué pudieron sostenerse durante un período prolongado.
La cámara Gesell, una prueba central
El testimonio del niño en cámara Gesell tuvo un peso decisivo durante el debate. Scordo remarcó que el relato fue consistente, que mantuvo coherencia interna y que además encontró respaldo en otros elementos incorporados al juicio.
La defensa había cuestionado ese testimonio y planteó la posibilidad de que hubiera existido una contaminación o inducción del relato. Sin embargo, los jueces no hicieron lugar a ese argumento.
Al momento de comunicar el veredicto, la jueza Leticia Lorenzo explicó que el tribunal analizó especialmente ese planteo y concluyó que no había signos de un discurso aprendido. Según indicó, la declaración del niño presentó características compatibles con una experiencia vivida y no con una versión armada por otras personas.
La magistrada también señaló que las pausas, las dificultades para expresarse y ciertas formas utilizadas por el niño durante la entrevista debían ser leídas en el marco de una situación traumática y dentro de un espacio institucional. Por eso, aclaró que esos aspectos no podían ser tomados como indicios de falsedad.
Una decisión unánime
El tribunal estuvo integrado por Leticia Lorenzo, Nazareno Eulogio y Lisandro Borgonovo. Los tres coincidieron en que la acusación presentada por la fiscalía logró superar el estándar de prueba exigido para una condena.
En ese sentido, tuvieron por acreditado que los abusos ocurrieron en distintas oportunidades y que el acusado se aprovechó del vínculo que mantenía con la víctima. También valoraron que, pese a las intervenciones profesionales previas, la denuncia se realizó tiempo después y durante ese período el contacto con el condenado continuó.
Aunque el Ministerio Público Fiscal había pedido otra calificación legal, al plantear un concurso real entre distintas figuras de abuso sexual, el tribunal resolvió encuadrar el caso como un único delito continuado de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo.
Con el veredicto de responsabilidad ya dictado, el proceso judicial continuará con una segunda etapa. En esa instancia, las partes discutirán cuál será la pena que deberá imponerse al hombre condenado.
Antes de esa audiencia, la sentencia con los fundamentos completos será notificada a la fiscalía, la defensa y las demás partes intervinientes. Luego, el tribunal deberá fijar la sanción correspondiente según la calificación legal establecida.
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