Jurado popular absolvió a un hombre señalado por violar a su ex y a la hija de ambos
Para declarar su responsabilidad, se requería un mínimo de ocho votos, que los miembros del jurado popular no alcanzaron. Según la acusación, los abusos sexuales se extendieron por años.
Un hombre que llegó a juicio ante un jurado popular acusado por haber sometido a reiterados abusos sexuales a quien era su pareja y a la hija de ambos, fue absuelto. Así lo decidió el tribunal luego de una larga deliberación. El fallo no es impugnable.
La teoría del caso expuesta por el fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid en el alegato de apertura del juicio, fue que el imputado cometió los abusos sexuales en viviendas de la ciudad de Neuquén, en perjuicio de la niña, hija de ambos (entre 2018 y 2021), y de su ex pareja (entre 2015 y 2019).
El veredicto fue emitido este jueves por la madrugada en la Ciudad Judicial, y de este modo las personas que integraron el jurado popular resolvieron no respaldar la teoría del caso que presentó el Ministerio Público Fiscal durante el juicio.
El acusado, identificado como "G. A. M", había sido imputado por el delito de abuso sexual con acceso carnal continuado en concurso ideal con abuso sexual gravemente ultrajante por la reiteración en el tiempo, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal continuado triplemente agrado por el vínculo, la guarda y la convivencia. La fiscalía esperaba pedir, tras el fallo de responsabilidad, una pena mayor a los 15 años de prisión y por esto se había requerido la intervención de un jurado popular.
El caso fue juzgado desde el lunes de la semana pasada hasta el miércoles de esta semana. Los miembros del jurado escucharon la declaración de la ex pareja del imputado, la Cámara Gesell que se le practicó a la niña por ser menor de 16 años y más prueba. También escucharon el testimonio del imputado, que junto a su defensor particular, Gustavo Palmieri, señaló algunas contradicciones en la prueba de la acusación y sostuvo su inocencia.
Una vez finalizados los alegatos de las partes, los 12 integrantes del tribunal (seis varones y seis mujeres), ingresaron a deliberar luego de recibir las instrucciones particulares del juez de garantías que moderó el debate, con el objetivo de emitir de un veredicto. Alrededor de las 3 de la madrugada de este jueves, comunicaron la decisión de absolver al imputado.
Dado que se trató de un veredicto de no responsabilidad, no se especificó la cantidad de miembros que votaron en este sentido. De todas maneras, el mínimo requerido para llegar a un fallo condenatorio es de ocho votos, por lo que queda evidente que no se pudo llegar a esa cifra.
Además, dado que un jurado popular nunca brinda los fundamentos de su decisión (así lo dispone el sistema de juicios por jurados), la fiscalía tampoco posee recursos para revisar la decisión ante otros tribunales, de manera que la absolución es, en principio, irreversible.
Acompañaron la acusación del fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid un abogado querellante particular y una representante institucional de la Defensoría de los Derechos del Niño y el Adolescente.
Esta semana, otro hombre juzgado por hechos de distinta naturaleza contra su ex pareja y su hijo, fue condenado a 20 años de prisión. Se trata de Walter Hugo Zanotti, quien intentó quemar a su ex pareja y a su hijo en la vivienda que compartían en el barrio Cuenca XV, el 3 de julio de 2023. La fiscalía había requerido una pena de 25 años de prisión efectiva.
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