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La Mañana Pastora

Le dieron prisión domiciliaria en una iglesia pero la Pastora se negó a recibirlo

Se trata de José González Aguilar, acusado por el doble crimen de los hermanos Zani en Villa La Angostura. Por ahora, seguirá detenido en una dependencia policial.

José González Aguilar está imputado por el doble crimen de los hermanos Julio Raúl y Rubén Alejandro Zani, ocurrido en la Navidad del 2021, en un camping de Villa La Angostura. Desde el mismo día del hecho, hace ya más de un año, permanece detenido con prisión preventiva, pero recientemente accedió al beneficio de la prisión domiciliaria. Iba a alojarse en la sede de una iglesia evangélica, pero la dueña del lugar, que además es la Pastora, finalmente rechazó su presencia. Ahora la defensa deberá buscar un nuevo alojamiento para el imputado. El juicio por jurados se realizará en marzo.

La vivienda donde Aguilar preveía cumplir la prisión domiciliaria está ubicada en San Martín de los Andes. Allí mismo funciona una iglesia evangélica y uno de los temores de la Pastora es que la presencia policial las 24 horas en el lugar podría ahuyentar a muchos feligreses, quienes también habrían cuestionado que se le diera alojamiento allí a un doble homicida.

Aguilar fue trasladado a la iglesia para comenzar a cumplir allí la prisión domiciliaria. La Pastora se enteró en ese momento de quién iba a ser su huésped y se negó tajantemente a alojarlo. Contó que la contactaron a través de la iglesia para alquilar el lugar y alojar allí a un hombre, pero nunca le dijeron de quién se trataba.

Los uniformados que habían trasladado al imputado intentaron comunicarse con los abogados defensores, pero nadie atendió. Desde el Ministerio Público Fiscal también llamaron, pero tuvieron la misma suerte. Por tal motivo, Aguilar fue trasladado nuevamente a la Comisaría Octava.

hermanos zani

Al respecto, el abogado querellante, Cristian Pettorosso, dijo que no creía en la versión brindada por la Pastora, "ya que sabía de antemano los motivos de su detención; es decir, que tenía conocimiento que había matado a dos personas. Ocurre que la señora no contaba con la información completa, que no es otra, que hemos pedido al juez la presencia policial permanente en el lugar de la medida domiciliaria, de tipo 24/7; y ese el verdadero motivo que generó el repentino cambio de opinión, impidiendo la permanencia y alojamiento del detenido; ya que, naturalmente, ocasiona cierta incomodidad la visibilidad continua del móvil policial en un lugar donde funciona un culto religioso. Corresponde ahora a la defensa, buscar prontamente otro lugar donde podría alojarse el detenido, y ahí estaremos nosotros, para controlar que el inmueble resulte apto para garantizar que el reo no eluda el accionar de la Justicia".

El doble crimen

El doble crimen de los hermanos Zani, de acuerdo a la teoría de la fiscalía, ocurrió el 25 de diciembre de 2021, en un predio ubicado a la altura del kilómetro 2090 de la ruta 40, cercano a la localidad de Villa La Angostura. Un grupo de personas se había reunido a celebrar la Navidad, y entre la 1 y las 4 de la madrugada, se produjo una discusión entre el acusado y Julio Raúl Zani.

González Aguilar tomó un cuchillo que había sobre una mesa, y ante la intervención de la pareja de Zani, quien intentó quitárselo, el acusado le provocó un corte en la mano izquierda. Luego, junto a su hija y su pareja, el agresor se subió a una camioneta para irse, pero al intentar cruzar un arroyo que estaba a unos 20 metros del lugar, quedó atascado. En ese momento, Julio Raúl Zani se acercó con un rastrillo para agredirlo, pero el acusado bajó de la camioneta con un arma calibre 45 y realizó al menos 4 disparos. Uno de ellos impactó a Zani en el tórax y le provocó una hemorragia masiva por la que murió en el lugar; y el segundo hirió a su hermano, Alejandro Rubén Zani, quien se había acercado para asistir a la primera víctima y que murió dos días más tarde, internado.

González Aguilar está imputado por los delitos de homicidio simple, agravado por el uso de arma de fuego (dos hechos); lesiones leves; portación de arma de fuego de uso civil condicional sin la debida autorización legal; y tenencia de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal; todo en concurso real y en calidad de autor.

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