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Lo quemaron vivo: hay un segundo acusado por el incendio y muerte en calle Libertad

El hombre está en situación de calle y quedó preso por cuatro meses. El primer detenido fue acusado durante el martes a la tarde y le otorgaron un mes de prisión preventiva.

Este miércoles la Justicia imputó a un segundo responsable del homicidio de Juan Aníbal Pino, ocurrido durante un incendio provocado el pasado sábado en una vivienda de la calle Libertad. El juez tuvo por formulados los cargos y dispuso que el acusado permanezca cuatro meses en prisión preventiva. El primer detenido fue acusado durante el martes a la tarde y le otorgaron un mes de prisión preventiva.

Según expuso la asistente letrada Agustina Bouyer, el hecho ocurrió alrededor de las 19:40, adonde los acusados J.A.P., F.A.S. y otras personas habían llegado luego de compartir un almuerzo y consumir bebidas alcohólicas. Junto a la fiscal del caso Guadalupe Inaudi, relató que en uno de los dormitorios, J.A.P. golpeó a Pino en la zona de la cabeza, provocando que cayera al piso. Tras la salida de uno de los presentes, él y su coimputado iniciaron un foco ígneo en la habitación cuando Pino aún se encontraba con vida. El hombre falleció por la carbonización de su cuerpo.

El martes por la tarde, la fiscal del caso Lucrecia Sola, junto a Bouyer, acusaron a F.A.S. como coautor del homicidio simple y solicitó seis meses de prisión preventiva. El juez de garantías avaló la formulación de cargos y fijó un mes de preventiva, con un plazo de investigación de cuatro meses.

incendio calle libertad

Entre los elementos de prueba mencionados se destacaron imágenes de cámaras de seguridad que ubicaron a los imputados cerca de la vivienda mientras ya se observaba una columna de humo; el informe de autopsia que determinó que Pino estaba vivo al iniciarse el fuego y presentaba un traumatismo previo; lesiones en el cuerpo de J.A.P. compatibles con la fecha del hecho; y el testimonio de un testigo que presenció la pelea previa.

Para sostener el pedido de prisión preventiva, Bouyer explicó que en el caso se dan los peligros procesales de entorpecimiento de la investigación y de no sometimiento al proceso. Requirió la detención por 6 meses y argumentó, por un lado, que J.A.P. carece de domicilio y medios de contacto, se encuentra en situación de calle y no tiene arraigo en la zona; y por el otro, que tiene capacidad para influir a testigos.

La defensa no se opuso a la medida cautelar, aunque solicitó que se imponga por un plazo menor. Sin controversia sobre la prisión preventiva, el juez hizo lugar al planteo de la fiscalía y la fijó por 4 meses.

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