Sancionaron al Club Cipolletti por el uso de pirotecnia
La institución albinegra fue la primera víctima de la ordenanza.
Inspectores municipales infraccionaron al Club Cipolletti por el uso de fuegos artificiales fuera de temporada. Habría sido por el partido en el que el Albinegro derrotó por penales a Juventud Antoniana, que se disputó el domingo 28 de mayo. Pero el acta que labraron tiene algunos errores, por lo que desde la institución albinegra pidieron la nulidad de la contravención.
Si la sanción queda firme y se ejecuta, el Club Cipolletti será el primero en caer ante la reciente ordenanza -aprobada por unanimidad en el Concejo Deliberante- que restringe la pirotecnia, norma que entró en vigencia fue publicada el 16 de mayo en el boletín municipal.
En diálogo con LM Cipolletti, el abogado del club, Edgardo Albrieu, confirmó que el pasado 6 de junio recibieron la notificación de un acta de infracción que adolece de algunos requisitos fundamentales.
Por caso, mencionó que tiene que ser inmediata, es decir, el inspector tiene que proceder al momento de ocurrida la falta, algo que no ocurrió. Según el letrado, el acta es del 6 de julio, un día martes con actividades normales. Recordó que el último partido de fútbol antes de la notificación se había sido dos días antes contra Atlético Regina por la Liga Confluencia, pero ese día no hubo fuegos artificiales.
En el acta no se aclara cuándo se dio la supuesta violación a la norma, aunque se cree que se trata del partido por el Federal A frente a Juventud Antoniana. Pero ese no es el único gris que les plantea el acta, ya que el letrado advirtió otro error en el artículo que le imputan a la institución.
“El club no puede ser pasible de una sanción por el artículo 260 del Código de Faltas, ya que no hace transporte de sustancias”, precisó. Y además, recordó que tampoco están a cargo de los cacheos en el ingreso al estadio, tarea que corresponde a la Policía de Río Negro.
La semana pasada hicieron su descargo ante el Juzgado de Faltas y por estos motivos rechazaron la imputación y pidieron la nulidad del acta. “Está mal hecha”, dijo Albrieu. Desde la institución informaron que es la primera vez que son notificados de una contravención de estas características, sin perjuicio de lo cual se ajustarán a derecho. Para el abogado de Cipo, está bien que el Municipio haga cumplir las normas, pero también existe el derecho de defensa y, en este caso, llaman la atención los errores detectados en el acta labrada. “El 6 de junio no se tiraron fuegos, tampoco el sábado último ni el día del partido previo a la notificación, cuando fue el partido contra Regina”, cerró el letrado.
Por estas horas, el caso está siendo evaluado por el Juzgado de Faltas de la Municipalidad, de quien se espera un veredicto en los próximos días.
El club pidió la nulidad del acta por varios errores. No se especifica cuándo se incurrió en la falta, aunque se cree que fue en el partido frente a Juventud Antoniana.
¿Qué dice la nueva ordenanza?
La ordenanza sancionada en abril pasado por el Concejo Deliberante de Cipolletti prohíbe la comercialización, distribución tenencia, portación, depósito y uso público o privado de cualquier artículo de pirotecnia -audibles- que provocan grandes estruendos. Excluye a los destinados a señales de auxilio, emergencias, uso de las Fuerzas Armadas y de otras fuerzas de seguridad o seguridad civil; como también a los que solo provocan efectos luminosos.
Según la norma, el único período autorizado para la venta y el uso de estos elementos transcurre desde el 20 de diciembre hasta el 6 de enero.
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