José Velázquez, abogado del consorcio de riego de Tratayén, se refirió esta mañana a la impugnación por parte de un Tribunal de la causa por tenencia de armas contra mapuches. Aseguró que los tres imputados "estaban ahí porque usurparon un terreno a través de la fuerza y de la clandestinidad".
Una sala del Tribunal de Impugnación integrada por los jueces Andrés Repetto, Federico Sommer y Héctor Rimaro declaró nulo un allanamiento realizado el pasado 19 de septiembre "sin orden de un juez", en el marco de un desalojo y restitución de las tierras a crianceros, que efectivamente retomaron la posesión de sus campos.
Para los defensores oficiales de los tres imputados (el lonco de la comunidad, Diego Rosales, Orlando González y Juan Alberto Gorordo), fue nulo el procedimiento de secuestro de armas en una carpa instalada en el campo de Félix Galván. Los jueces del tribunal hicieron lugar a la argumentación de la defensa, en un análisis “muy fino”. Apelaron a los artículos 67, 143 y 144 del Código Procesal Penal de Neuquén, donde se establece cómo y en qué lugar se puede hacer allanamientos en moradas. En este caso, era una carpa en un campo, discutible en el mundo jurídico, según analizaron desde la fiscalía.
En declaraciones a LU5, Velázquez explicó que "quedó aceptado que esas armas que aparecieron no fueron plantadas por la Policía sino que las tenían los tres sujetos que estaban allí".
"Me parece que habría que destacar detalles que llaman la atención. Queda por resolver qué hacían estos tres imputados que no eran de la comunidad. Esa gente estaba ahí porque usurpó un terreno a través de la fuerza y de la clandestinidad", afirmó.
"Mi pregunta entonces es si es posible tener derechos a partir de un hecho clandestino", aseguró Velázquez, que agregó que "esto es lo que trasciende al código procesal penal" en la impugnación que se conoció en las últimas horas.
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