Un tribunal neuquino dictó una sentencia con un mensaje escondido contra el machismo: "Típico de machirulo"
“Me resulta inadmisible el planteo realizado en sentido de ‘¿qué pasaría si el día de mañana la víctima es un hombre y la imputada es una mujer? ¿Habría violencia de género?’. El derecho a ejercer la defensa no implica el derecho a sostener cualquier afirmación como argumento válido”, puntualiza una sentencia en la que un tribunal resolvió declarar culpable, por unanimidad, a un hombre que violó a su sobrina cerca de Zapala. El argumento vertido por los jueces se dio a raíz de que la defensa oficial solicitara que el caso no sea valorado por violencia de género y pusiera en duda que la víctima de 15 años hubiera consentido la violación.
Sin embargo, lo único que habría generado algún tipo de malestar dentro del ámbito del Poder Judicial de Neuquén es un acróstico que se desprende de la sentencia escrita en el que se puede leer (en las iniciales de cada oración) la frase “típico de machirulo”.
“Esa sentencia es la consecuencia de recurrentes planteos que solemos escuchar de defensores y defensoras de que no se puede hacer referencias a la violencia de género porque no están contenidos en el tipo penal. El defensor decía que como no había moretones o daño físico no se podía sostener que no había consentido”, explicó la jueza Leticia Lorenzo, tras ser consultada por LM Neuquén respecto de la sentencia del 14 de agosto en la que fue integrante del tribunal junto a Patrica Lupica Cristo y Mario Tommasi.
Además, en este sentido, afirmó: “En realidad, la Ley Nacional de Violencia de Género te define la violencia sexual. Siempre estás en un contexto de violencia de género porque está definido así legalmente”. Respecto del acróstico, Lorenzo indicó que no hubo mala intención y que tampoco es lo central, sino que lo más relevante es lo que se señaló sobre el consentimiento.
Sobre este punto, el tribunal afirmó: “Los prejuicios y estereotipos en este tipo de casos deben evitarse. No solo porque colocan a las víctimas en un lugar de revictimización, sino también porque nada suman a un buen argumento en favor de la persona acusada”.
Tras ser declarado culpable del delito de abuso sexual con acceso carnal el 14 de agosto, la semana pasada el hombre fue condenado a 7 años de prisión efectiva por el hecho.
Capacitación en temática de género
Dicha ley establece la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para quienes se desempeñen en la función pública en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.
LEÉ MÁS
Impresionante incendio destruyó unas 10 viviendas de una toma
Detuvieron en Neuquén a un asesino prófugo del penal de Ro
Te puede interesar...












Dejá tu comentario