María Victoria Stratta, titular de la Inspección General de Personas Jurídicas (IGPJ) de Santa Fe, denunció que desde enero cuatro integrantes del directorio de Vicentin “ingresaron actuaciones en el registro de la propiedad y comenzaron con febriles movimientos tendientes al vaciamiento de su patrimonio”. Agregó sostuvo que esos ejecutivos "tienen denuncias penales", por lo que pidió reemplazar el directorio de la cerealera.
En diálogo con Radio con Vos, Stratta denunció que en el Registro General de la Propiedad de Santa Fe pudo detectar que "hay por lo menos cuatro personas del directorio, tres directores y el presidente de la empresa, que enajenaron sus bienes personales a partir del mes de enero". "Así están obrando Daniel Buyatti (presidente), Roberto Vicentín (director titular), Martín Colombo (director titular) y Bettina Padoan (directora suplente)", agregó.
En tanto, en otra nota con radio AM 550, explicó ue el vaciamiento del patrimonio de los cuatro directores “empezó con el estado de cesación de pagos (de la empresa)". "Estas personas empezaron a hacer movimientos patrimoniales de enajenación. Eso los coloca en una situación sospechosa", sostuvo.
En ese marco, la funcionaria le solicitó a Fabián Lorenzini, el juez que entiende en el concurso de acreedores, que desplace a los 11 directores de la firma y proceda en paralelo con una intervención judicial de la compañía.
Además pidió que deje sin efecto la resolución que sacó el viernes pasado. “Devuelve la administración a quienes demostraron no estar a la altura de las circunstancias, conduciendo a la empresa a esta situación, ocultando información sobre la conformación del grupo empresario, dándoles tiempo para continuar con el vaciamiento de sus patrimonios personales, personas que además están siendo investigadas por graves delitos tanto por tribunales del país cuanto extranjeros”.
"Lo decidido incurre en grave contradicción respecto del propósito que dice perseguir: certeza y seguridad jurídica. Busca estabilidad, pero genera inestabilidad. Un obrar errático que no está a la altura de las circunstancias. Olvida el juez principios básicos del derecho administrativo, obrando con el criterio del análisis de intereses particulares y no de cometidos públicos que legitiman el obrar exorbitante”, resaltó.
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