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Bomberos de Plottier y La Angostura tendrán la obra social del ISSN

El gobierno provincial sancionó la Ley 3.075, que regula el trabajo de las asociaciones de bomberos voluntarios.

Este miércoles se firmará el primer convenio que permitirá a los bomberos voluntarios de Plottier convertirse en afiliados al Instituto de Seguridad Social del Neuquén (ISSN) y en los próximos días se sumarán los de Villa La Angostura.

Este acuerdo fue posible gracias a la sanción de la Ley 3.075, que promovió el Poder Ejecutivo provincial y regula el trabajo de las asociaciones de bomberos voluntarios.

La sanción de la ley respondió a un proyecto elevado a mediados de 2017 por iniciativa del gobernador Omar Gutiérrez, con el objetivo de regular la organización y funcionamiento de las asociaciones de bomberos voluntarios que funcionan en el territorio provincial, sus respectivos cuerpos activos y la federación neuquina que los nuclea.

La normativa reglamentó en junio del año pasado, que permite a 550 bomberas y bomberos voluntarios contar con obra social y con aportes en reconocimiento a su trayectoria solidaria; y que también dispone de fondos para las 30 asociaciones de la provincia.

Estos primeros convenios permiten a los efectivos acceder al 70% de cobertura de medicamentos, 80% en prácticas médicas y a las prestaciones del Plan Médico Obligatorio.

“Esto se puede dar porque finalmente el año pasado pudimos reglamentar la ley 3.075, que estableció recursos para las asociaciones”, explicó el ministro de Ciudadanía, Gustavo Alcaraz.

“La norma permite a 550 bomberas y bomberos voluntarios contar con obra social y con aportes en reconocimiento a su trayectoria solidaria. También dispone de fondos para todas las asociaciones de la provincia que estén al día con sus papeles”, explicó.

La puesta en marcha de la ley significa un monto base de 15 millones de pesos, que es distribuido de acuerdo con la norma en un 90% a las asociaciones; mientras que el 10% restante se divide un 7% para la Federación de Bomberos Voluntarios y 3% para Defensa Civil, como autoridad de aplicación de esta ley.

La norma también estipula un plus monetario para las asociaciones que se dividirá en dos cuotas anuales que se actualizará de manera permanente a través del Índice de Precios al Consumidor (IPC). El pago se otorgará a agentes mayores de 55 años que hayan cumplido 25 o 20 años de servicio y tendrá por finalidad reconocer la trayectoria.

El aporte para los voluntarios con 25 años de antigüedad es el equivalente a 13.500 pesos y de 12 mil pesos para los que revistan 20 años dentro del cuerpo. Esta cifra se calculará y se ajustará de manera automática según el precio de los combustibles para que la suma mensual no se devalúe por la inflación.

En sus 32 artículos, la ley regula la organización de las asociaciones de bomberos voluntarios; dispone funciones y misiones; fija como autoridad de aplicación a la dirección provincial de Defensa Civil; otorga beneficios asistenciales y también crea un “Aporte Ciudadano Voluntario” para contribuir al funcionamiento y equipamiento de los cuerpos activos.

Para efectivizar este aporte voluntario, los ciudadanos podrán realizar su contribución a través de un ítem incorporado a la factura del servicio de luz. Para la categoría residencial, el monto no podrá superar los 10 pesos por usuario.

La ley establece también como carga pública a la labor de los bomberos voluntarios, con lo cual pueden hacer abandono de sus tareas en situaciones de emergencia.

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