Este lunes 26 de octubre de 2020 continúa el cronograma de pagos de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). El organismo presidido por Fernanda Raverta comienza la semana con el pago de jubilaciones, pensiones, prestación por desempleo y programa alimentario PAMI.
Conocé en esta nota cuáles son los beneficiarios que cobran este inicio de semana:
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Jubilaciones y pensiones
Los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), podrán cobrar en sucursales bancarias habilitadas. Serán atendidos por ventanilla solo a los beneficiarios con documentos terminados en 2 y 3, cuyos haberes superen la suma de $20.374.
Es preciso destacar que estas personas no tienen que solicitar turno previo para cobrar el beneficio, deben acercarse a la sucursal bancaria únicamente en la fecha asignada. Además, los haberes permanecerán depositados en sus cuentas.
Prestación por Desempleo
Este lunes 26 de octubre de 2020 cobran la Prestación por Desempleo de la Anses, las personas cuyos documentos finalizan en 2 y 3.
Programa Alimentario PAMI
Finalmente, enmarcado en el marco del Programa Alimentario PAMI, la Anses abona este lunes el tercer pago extraordinario equivalente al monto del bolsón de alimentos.
Solicitá la pensión por fallecimiento de un jubilado
El fallecimiento de un jubilado o jubilada otorga a sus familiares el derecho a cobrar una pensión derivada de la jubilación que esta persona recibía a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). LM Neuquén te indica en esta nota cómo hacer el trámite con información emitida por la Anses en su página web:
A quiénes les corresponde
Cónyuge, conviviente o hijo de un jubilado o jubilada fallecida.
Cuáles son los requisitos
- Cónyuge: Partida de casamiento actualizada (la actualización debe ser posterior a la fecha de fallecimiento).
- Conviviente: Acreditar cinco años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. Si tienen un hijo reconocido por ambos, el plazo se reduce a dos años.
- Hijos: Ser menor de 18 años, soltero y no cobrar otra prestación. No hay límite de edad en los casos que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado a cargo del jubilado fallecido.
Conocé la documentación necesaria y cómo realizar el trámite a través de este link: Solicitud Anses
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