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La Mañana coronavirus

Critican a la Justicia por no realizar pericias de abusos de más de 72 horas

Así lo establece el protocolo elaborado en el marco de la pandemia. Socorro Violeta pidió su revisión y modificación.

Por Ailín Trepiana / [email protected]

El protocolo de actuación del Cuerpo Médico Forense realizado en el marco de la pandemia del coronavirus establece que las pericias por abuso sexual sólo se realizarán dentro de las 72 horas de cometido el hecho. Desde el servicio de asesoramiento Socorro Violeta advirtieron, a través de una nota enviada al Tribunal Superior de Justicia (TSJ), que esta limitación temporal configura una restricción en las investigaciones que podría derivar en la impunidad de los abusadores.

El Poder Judicial tuvo que readecuar todas las áreas de trabajo para prevenir el contagio del coronavirus. Entre ellas se incluyen los procedimientos para realizar las pericias forenses que se hacen, por ejemplo, tras un abuso o un asesinato.

El actual protocolo establece que “No se realizarán durante el período de Cuarentena Obligatoria y hasta finalizar la situación epidemiológica actual, los siguientes procedimientos: (…) Pericias de Abuso sexual en adultos (ASA) de más de 72 horas, o de mayor data”, mientras que en los casos de abuso sexual infantil, estipula que: “Se limitarán a situaciones de urgencia: Constatación de lesiones y examen genito anal, en la sospecha de maltrato infantil, por acción u omisión en los cuidados de los niños, niñas, adolescentes, y ante la sospecha cierta de abuso sexual agudo (dentro de las 72 horas de ocurrido el hecho) y/o en casos de violación de igual data”.

De este modo, tanto ante un abuso sexual infantil como un abuso a una persona adulta, la denuncia sería admitida por la Justicia pero, si pasaran cuatro días desde el abuso, no se realizarían las pericias.

Desde Socorro Violeta expresaron su preocupación ante dichas restricciones ya que tampoco se realizó ninguna explicación que justifique mayor probabilidad de contagio en pericias que se realicen después de 72 horas de ocurrido el hecho.

“Eso nos parece muy grave porque todas las circunstancias de silenciamiento que rodean los casos de abuso hacen que las denuncias no lleguen inmediatamente. Y de ninguna manera hay algún argumento fuerte, al menos expresado en el protocolo. La pandemia no estaría generando ninguna dificultad en ese sentido para establecer un plazo tan corte en situaciones de tal gravedad. Es un plazo que nosotras entendemos arbitrario”, aseguró la abogada Victoria Ibáñez en contacto con LMN.

La letrada señaló que estas determinaciones “restringen las investigaciones en materia penal pero principalmente los derechos humanos de todas las personas”. Y marcó: “Es responsabilidad del Ministerio Público Fiscal (MPF) llevar a cabo las investigaciones para hacer las acusaciones pertinentes. Entonces la denuncia se tomaría pero quedaría irrisoria, por lo menos a lo que hace a la pericia médica, que es una prueba fundamental a la hora de construir una causa”.

La gravedad sobre estas medidas también son entorno al avance de la causa, ya que el momento de recolección de la prueba es clave. “Cualquier prueba que se pierda, no hay posibilidad de recuperarla”, afirmó.

Recolección de pruebas por fuera de la Fiscalía

El protocolo del Poder Judicial también estipula los modos de proceder ante un abuso infantil en niños, niñas y adolescentes institucionalizados, por ejemplo aquellos que están en un hogar. En estos casos, determina la realización de los informes “en base a los informes elevados por los profesionales que actúan en el ámbito asistencial”.

Desde Socorro Violeta también advirtieron preocupación sobre esto “porque la carga probatoria no puede quedar por fuera del Ministerio Público Fiscal y, en este caso, lo que establece es que no se harían las pericias pertinentes. Quiere decir que los informes periciales se van a tomar en función de las pericias de otras personas”.

En el escrito enviado al TSJ este lunes, aseguraron que “estas medidas de excepción de ninguna manera deberían implicar la afectación del estado de derecho y menos aún la plena vigencia de los derechos humanos y sobre todo de los grupos sensiblemente afectados por el aislamiento, ello teniendo en cuenta que hay una merma de aproximadamente el 60% en otros delitos a excepción de los delitos de género en todas sus intensidades y tipos penales”.

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