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La Mañana

El único acusado por Walter Bulacio recusó a los jueces

Se trata de un ex comisario de la Federal. Sostuvo la “falta de imparcialidad” y “prejuzgamiento”.

La muerte del joven se produjo en 1991 antes de un recital.
 
Buenos Aires (Télam) >
El ex comisario de la Policía Federal acusado por la detención ilegal y asesinato del joven Walter Bulacio, cometido en 1991, cuando esperaba entrar al estadio Obras para ver un recital de Los Redonditos de Ricota, recusó al tribunal oral que tiene previsto iniciar el juicio en su contra el 3 de agosto próximo.
Fuentes judiciales informaron que el abogado del ex comisario Miguel Ángel Espósito, Pablo Argibay Molina, pidió que sean apartados de la causa por supuesta “falta de imparcialidad” y “prejuzgamiento” los jueces del Tribunal Oral Criminal (TOC) 29, María Deluca Giacobini, Alejandro Litvack y Rodolfo Goerner.
En el pedido de recusación la defensa sostiene que los integrantes del TOC 29 saben que la imputación contra Espósito es nula y no denunciaron lo que la defensa consideró irregularidades durante la investigación penal.
Según el escrito, a Espósito “hay que callarlo, con condena y exoneración y, de ser posible ante el estado de salud que tiene, con su muerte”.
Para la defensa, el propósito es que Espósito “no ponga de manifiesto todos los delitos cometidos en la causa por policías, jueces, camaristas, fiscales y procuradores generales de la Nación, integrantes del Poder Ejecutivo Nacional en sus diversas ramas y ministros de la Corte Suprema de Justicia”.
Argibay Molina recordó que el TOC 29 rechazó que declaren en el debate ex jueces de la Cámara en lo Criminal el Crimen que admitieron que Espósito aplicó el “Memorando 40”, una norma declarada inconstitucional después de la muerte de Bulacio.
Para el letrado, impedir esos testimonios afectaría la “garantía de defensa en juicio de Espósito”.
Argibay Molina aseguró que a su asistido lo procesaron por delitos por los que no fue indagado, ya que le atribuyeron 73 casos de privación ilegal de la libertad, pero sólo fue interrogado como imputado por 63.
La causa por las supuestas irregularidades durante la instrucción del sumario fue abierta ante la denuncia formulada por la presidencia de la Cámara del Crimen.
El defensor expuso que los integrantes del TOC 29, “como funcionarios públicos que son”, ante la noticias de presuntos ilícitos “debieron hacer las denuncias” correspondientes, porque “esa es la obligación legal y no se puede supeditar ello a nada”.
El hecho ocurrió el 19 de abril de 1991 en inmediaciones del Estadio Obras, de Núñez, donde se iba a desarrollar un recital de Los Redonditos de Ricota.
Centenares de personas que se dirigían al estadio fueron detenidas por la Policía, entre ellas, Bulacio, quien murió una semana después en el Sanatorio Mitre a raíz de los golpes sufridos en aquellas circunstancias.
Quienes detuvieron a Bulacio en su momento invocaron el “Memorando 40”, una disposición pergeñada por dos magistrados correccionales en 1967, que autorizaba a los comisarios a no dar intervención a la Justicia por la detención de un menor de edad (siempre que no fuera por un delito), cuando el propósito era entregárselo a los padres.
Tras años de presentaciones judiciales, el caso llegó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que en septiembre de 2003 condenó al Estado Argentino luego de que éste admitiera su responsabilidad por la violación al derecho a la vida y a la integridad física del adolescente.
En aquella oportunidad, la CIDH condenó al Estado argentino a indemnizar a la familia de Bulacio y a proseguir la investigación por el crimen.
La causa fue cerrada, pero en diciembre de 2004 la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó su reapertura.
En septiembre de 2008, el entonces ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, Aníbal Fernández, echó a Espósito de la Policía Federal y en noviembre de ese mismo año, solicitó la colaboración del Consejo de la Magistratura para realizar un “exhaustivo” estudio sobre la conducta de los cuatro jueces que intervinieron en la causa.

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