Trabajadores de la Provincia podrán presentar la solicitud en Recursos Humanos para poder acceder a la licencia especial hasta el 31 de marzo.
A través de la resolución 052/2020, el Gobierno facilitó a los agentes provinciales, que tengan una hija o hijo en edad escolar, que se puedan quedar en el domicilio a fin de cuidarlos y minimizar los riesgos de coronavirus (COVID-19). La normativa cobra impulso en función de la suspensión de las clases para los niveles inicial, primario y secundario anunciado ayer por el presidente de la Nación, Alberto Fernández.
En su artículo 7°, se establece que -a solicitud del interesado- las autoridades pueden justificar las inasistencias de los padres, madres o tutores a cargo de menores de edad, debiendo asentar tales circunstancias en los legajos correspondientes y encuadrar las inasistencias de conformidad a la presente”.
Se expresa que en el caso en que ambos padres trabajen en relación de dependencia laboral en la Administración Pública Provincial, la justificación se otorgará sólo a uno de ellos.
“La madre, padre, tutor o encargado podrá solicitar en Recursos Humanos la solicitud para justificar su inasistencia, en principio hasta el 31 de marzo”, señaló la ministra de Gobierno y Seguridad, Vanina Merlo.
La funcionaria dijo que es una forma de “facilitar” pero en ningún caso es de carácter obligatorio. “Lo importante es poder articular las tareas con el jefe del área o dependencia. La resolución prevé que, en el caso de ser posible, se puede coordinar para que desarrolle tareas en su casa, dependiendo de la función que ejerza”.
En este sentido, cada ministerio, secretaría de Estado, entidad u organismo deberá asegurar la cobertura permanente de las áreas esenciales de prestación de servicios indispensables para la comunidad, expresó la resolución.
"Una sola persona será la encargada de estar al cuidado de su hijo, también comprenderá la situación de los hogares que cuenten con un sólo padre, madre, encargado o tutor", siempre
La ministra indicó que lo que se pretende con esta licencia especial es “garantizar el cuidado de los niños” al igual que los grupos vulnerables, que también están comprendidos en la normativa, como los mayores de 60 años, embarazadas en cualquier trimestre, enfermedades respiratorias crónicas: hernia diafragmática, enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, traqueostomizados crónicos, bronquiectasias, fibrosis quística y asma; enfermedades cardíacas, entre otras.
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