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Desalojo mapuche en la cordillera de Neuquén: las razones del revés judicial a Cúneo Libarona

Le formularon cargos a una lonco por el delito de usurpación de un campo. Fuerte apoyo a la comunidad del premio Nobel de la Paz. Cómo sigue la causa.

El intento por avanzar con un nuevo desalojo de una comunidad mapuche en Neuquén sufrió un revés judicial esta semana: no habrá desalojo de la comunidad que está ocupando "al resguardo" un campo en la zona de Puente del Arco, cercana a Villa Pehuenia.

La jueza de Garantías de Zapala, Carolina González, rechazó el pedido de expulsión que realizaron el fiscal Marcelo Jofré y la querella -representada por los abogados Cristian Cúneo Libarona y Maximiliano Orpianessi- en el marco de la causa por presunta usurpación contra la lonko de la comunidad Tuwvn Kupalmeo Maliqueo, Cecilia Maliqueo.

Se trata de un hecho que tiene como protagonista a la comunidad, que está ocupando un campo de 829 hectáreas, sobre el cual hay un fallo que le devuelve, en forma parcial, tierras a los mapuches, que eran del condenado juez federal de la dictadura militar, Pedro Duarte. Las tierras se vendieron y hoy a los mapuches los acusaron de usurpación.

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La comunidad mapuche de Villa Pehuenia en las afueras del Juzgado de Zapala.

La comunidad mapuche de Villa Pehuenia en las afueras del Juzgado de Zapala.

El hecho generó una inmediata reacción a nivel nacional, antes de conocerse la formulación de cargos. El Servicio de Paz y Justicia (SERPAJ), junto al premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel, reclamaron el archivo inmediato de la causa, denunciaron una “criminalización de las comunidades mapuche” y señalaron que la judicialización se basa en una “falaz construcción de usurpación”.

Desalojo mapuche: apoyo del Premio Nobel de la Paz

“Apoyamos el derecho del pueblo mapuche a recuperar sus territorios ancestrales. Pedimos el archivo de la causa contra Cecilia Maliqueo”, señaló Pérez Esquivel en el comunicado.

La audiencia se realizó este martes en Zapala y no estuvo exenta de tensión afuera del edificio judicial. Allí, el empresario Diego Ozollo -titular del campo en disputa desde abril de 2022 y denunciante de la lonko- utilizó su derecho a hablar durante la audiencia., en la que si bien se expresó a favor de la diversidad cultural, cuestionó los métodos de financiamiento de las comunidades.

Ocupación mapuche en Villa Pehuenia.jpg
No habrá desalojo de la comunidad mapuche Tuwvn Kupalmeo Maliqueo de Villa Pehuenia que ocupó un campo en Villa Pehuenia donde reivindica la posesión.

No habrá desalojo de la comunidad mapuche Tuwvn Kupalmeo Maliqueo de Villa Pehuenia que ocupó un campo en Villa Pehuenia donde reivindica la posesión.

La jueza González recordó que el Código Procesal Penal de Neuquén establece un tratamiento diferenciado en casos que involucran a miembros de pueblos originarios y descartó que existieran motivos para ordenar un desalojo inmediato. Es por eso que no se hizo lugar al pedido en la misma audiencia.

Además, desnudó el contexto histórico de la causa, que vienen denunciando los mapuches. El campo de 829 hectáreas fue propiedad del exjuez federal Pedro Duarte, condenado en un juicio de lesa humanidad. Ozollo lo adquirió en 2022 y denunció la ocupación recién en febrero de este año, aunque la comunidad afirmó que el uso del territorio como veranada para sus animales es previo y forma parte de su identidad ancestral. En el lugar también hay un cementerio.

“Nos quieren hacer ver como violentos”

Tras la formulación de cargos, la lonko Cecilia Maliqueo habló con LM Neuquén y denunció el intento de demonización de su comunidad. “La verdad es que mucha gente, organizaciones sociales y comunidades de distintos lugares de la provincia nos mandaron su apoyo”, aseguró.

“Hubo mucho falso testimonio de la otra parte, cosas que no son ciertas. Vamos a trabajar para poder demostrar lo contrario”, sostuvo Maliqueo, quien es la única persona de la comunidad a la que la Justicia de Neuquén le formulo cargos por el delito de usurpación.

Y agregó: “Hicieron mucho hincapié en que somos violentos, cuando es todo lo contrario. Siempre estuvimos y seguimos estando dispuestos al diálogo con cualquier persona”.

La defensa de la comunidad -encabezada por el abogado Pablo Méndez- remarcó que el territorio en disputa tiene una función vital para la comunidad, ya que lo usan como veranada de los animales y allí también hay un cementerio".

Cementerio mapuche Villa Pehuenia.jpg
El cementerio mapuche en Villa Pehuenia, en las tierras que eran del exjuez federal Pedro Duarte.

El cementerio mapuche en Villa Pehuenia, en las tierras que eran del exjuez federal Pedro Duarte.

La causa entró en una etapa de investigación que se extenderá por cuatro meses. En ese plazo, las partes podrán presentar pruebas para sostener o refutar los cargos. La querella anticipó que pedirá una revisión de la decisión de la jueza de no desalojar el campo. La comunidad, en tanto, insistirá con la vigencia del derecho constitucional a la posesión tradicional de las tierras.

Un fallo devuelve "una parte del campo" sin desalojo

Por la situación del campo que era de Duarte, ya se había pronunciado la justicia neuquina, tanto en 2012 como en 2014. La Cámara Provincial de Apelaciones de Neuquén dictó un fallo en el litigio por ese campo entre la comunidad mapuche Maliqueo con Pedro Duarte. En la resolución -firmada por mayoría- (Resolución 55, Folio 03, año 2014) se revocó parcialmente una sentencia de primera instancia que había ordenado el desalojo total del predio.

En ese fallo se dispuso una solución intermedia porque se ordenó la restitución de una franja forestada con pinos, pero se suspendió el proceso respecto al resto del terreno usado para veranada y como cementerio indígena.

El campo, ubicado en una zona de pastizales y sectores forestados, fue objeto de un interdicto de recobrar iniciado por Duarte, quien denunció haber sido despojado de parte del inmueble. En primera instancia, la jueza había dado la razón al denunciante. Sin embargo, tras la apelación, la Cámara resolvió que la situación debía analizarse a la luz de la ley 26.160, que impide desalojos sobre territorios reclamados por comunidades indígenas mientras se realiza el relevamiento técnico-jurídico.

La sentencia apelada databa del 22 de noviembre de 2012. En su fallo, la Cámara distinguió las distintas porciones del campo. Se hizo lugar al interdicto de recobrar solo respecto de la superficie forestada con pinos, al considerar que esa franja no es apta para pastoreo y no fue identificada como de uso tradicional comunitario. La Justicia ordenó que los demandados la restituyan en el plazo de diez días.

Además, se suspendió el proceso respecto de la superficie utilizada para veranada actividades pastoriles propias del modo de vida mapuche en los meses de verano. Y respecto del lote donde se ubica un cementerio indígena, confirmando el levantamiento de la medida cautelar que en su momento había dispuesto el desalojo de toda el área.

La resolución también preveía que, si lo solicitaban las partes, se podría deslindar provisoriamente la porción del inmueble afectada por esta decisión en la etapa de ejecución de sentencia.

El fallo fue suscripto por las juezas Gabriela Calaccio y Alejandra Barroso y por el juez Pablo Furlotti. Actuó como secretaria Norma Alicia Fuentes.

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